Impuesto general a las ventas igv

Introducción

El Impuesto General a las Ventas (IGV) es el tributo más importante del sistema tributario peruano, tanto por su contribución a la recaudación fiscal como por su impacto en las operaciones económicas de las empresas. Regula la imposición indirecta sobre el consumo, gravando la venta de bienes, la prestación de servicios, los contratos de construcción, la primera venta de inmuebles y la importación de bienes.

La solidez de su aplicación se sustenta en un marco normativo preciso:

  • El Texto Único Ordenado de la Ley del IGV aprobado por el Decreto Supremo N.° 055-99-EF, que concentra las disposiciones sustantivas del impuesto.

  • El Reglamento de la Ley del IGV, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 29-94-EF, que desarrolla, aclara y precisa aspectos operativos y procedimentales para su aplicación práctica.

En este artículo analizaremos en detalle ambos cuerpos normativos, explicando sus disposiciones más relevantes, su impacto en la gestión empresarial y ejemplos prácticos de aplicación.


1. Contexto y finalidad del IGV en el Perú

1.1 Origen del IGV

El IGV se instauró en el Perú en 1973 como sustituto del antiguo Impuesto a las Ventas. Su objetivo principal fue simplificar el sistema de imposición al consumo y alinearlo con modelos internacionales de impuestos al valor agregado.

1.2 Principios fundamentales del IGV

  • Neutralidad: El impuesto no debe distorsionar la toma de decisiones empresariales, ya que recae finalmente en el consumidor.

  • Traslación: El contribuyente lo cobra al cliente, pero el consumidor final lo asume.

  • Mecanismo de crédito fiscal: Permite descontar el IGV pagado en las compras del IGV cobrado en las ventas.


2. Decreto Supremo N.° 055-99-EF: TUO de la Ley del IGV

El Decreto Supremo N.° 055-99-EF, aprobado el 15 de abril de 1999, consolidó en un solo texto las disposiciones dispersas de la Ley del IGV y del Impuesto Selectivo al Consumo.

2.1 Estructura del TUO

El TUO contiene disposiciones divididas en varios títulos, artículos y disposiciones complementarias. Sus aspectos más relevantes son:

  • Hecho imponible.

  • Contribuyentes.

  • Base imponible.

  • Tasa del impuesto.

  • Crédito fiscal.

  • Declaración y pago.

  • Régimen de exportación.

2.2 Hecho imponible

El IGV grava cinco operaciones principales:

  1. La venta de bienes muebles en el país.

  2. La prestación o utilización de servicios en el país.

  3. Los contratos de construcción.

  4. La primera venta de inmuebles por el constructor.

  5. La importación de bienes.

Ejemplo:

Una empresa que vende computadoras en Lima está gravada con IGV (18%). Del mismo modo, un abogado que presta un servicio profesional también debe aplicar el impuesto.

2.3 Contribuyentes

Son los sujetos que realizan operaciones gravadas:

  • Personas naturales con negocio.

  • Personas jurídicas.

  • Sociedades conyugales y sucesiones indivisas que desarrollan actividad empresarial.

2.4 Base imponible y tasa

  • La base imponible se determina sobre el valor de venta o el importe del servicio.

  • La tasa del IGV es del 16%, más 2% del Impuesto de Promoción Municipal, sumando un total de 18%.

2.5 Crédito fiscal

Uno de los elementos esenciales del IGV es el crédito fiscal, que permite a las empresas descontar el IGV pagado en sus adquisiciones del IGV por pagar en sus ventas.

  • Requisitos: comprobante válido, anotación en libros, relación con operaciones gravadas, entre otros.

  • Restricciones: gastos no vinculados a la generación de renta o no destinados a operaciones gravadas.

Ejemplo:

  • Una empresa compra insumos con IGV de S/ 1,800.

  • Luego vende productos con IGV de S/ 3,600.

  • IGV a pagar = 3,600 – 1,800 = S/ 1,800.

2.6 Exportaciones

Las operaciones de exportación no pagan IGV, pero generan derecho a saldo a favor del exportador, recuperable contra impuestos futuros.

2.7 Infracciones y sanciones

El incumplimiento genera sanciones reguladas por el Código Tributario, como multas por no emitir comprobantes o no declarar.


3. Decreto Supremo N.° 29-94-EF: Reglamento de la Ley del IGV

El Reglamento de la Ley del IGV, aprobado en 1994, es anterior al TUO, pero sigue vigente y actualizado. Su función principal es precisar cómo aplicar la Ley en la práctica.

3.1 Alcance del Reglamento

  • Define conceptos como venta, servicios y construcción.

  • Establece reglas sobre la emisión de comprobantes de pago.

  • Precisa el tratamiento de operaciones especiales.

  • Regula la forma de calcular y utilizar el crédito fiscal.

3.2 Definiciones operativas

El Reglamento amplía el alcance de las operaciones gravadas:

  • En servicios, considera no solo los prestados en el país, sino también los usados en el Perú aunque sean ejecutados en el exterior.

  • En inmuebles, regula lo que constituye “primera venta”.

3.3 Emisión de comprobantes

  • Establece requisitos mínimos de las facturas, boletas y tickets.

  • Regula la oportunidad de emisión.

  • Permite comprobantes electrónicos bajo ciertas condiciones.

Ejemplo:

Una factura debe contener el RUC, razón social, detalle del bien o servicio, monto base y el IGV separado.

3.4 Crédito fiscal en detalle

El Reglamento desarrolla las restricciones:

  • No procede crédito fiscal por compras destinadas a operaciones no gravadas.

  • Establece plazos máximos para usar comprobantes como sustento.

  • Regula el uso proporcional cuando hay operaciones mixtas (gravadas y no gravadas).

3.5 Exportación de servicios

Amplía los criterios para que un servicio sea considerado exportación:

  • Uso o aprovechamiento exclusivo en el exterior.

  • Pago desde el extranjero.

3.6 Operaciones especiales

El Reglamento regula casos complejos como:

  • Leasing financiero.

  • Transporte internacional.

  • Casinos y juegos de azar.


4. Relación entre el TUO y el Reglamento

La Ley establece los principios generales y reglas sustantivas, mientras que el Reglamento desarrolla la aplicación operativa y detallada.

Ejemplo:

  • El TUO dice que los comprobantes son requisito para crédito fiscal.

  • El Reglamento detalla qué datos debe contener cada comprobante.

  • SOWTWARE DE CONTABILIDAD

5. Aplicación práctica en la gestión empresarial

5.1 Empresas comerciales

  • Deben registrar facturas de compras y ventas en el Registro de Compras y Ventas.

  • Controlar el uso del crédito fiscal.

5.2 Empresas de servicios

  • Deben emitir comprobantes electrónicos por cada servicio.

  • Si prestan servicios al exterior, analizar si califican como exportación.

5.3 Fiscalización SUNAT

SUNAT revisa:

  • Coherencia entre ventas y declaraciones.

  • Comprobantes que sustentan el crédito fiscal.

  • Aplicación correcta de exoneraciones y exportaciones.


6. Ejemplos prácticos

  1. Venta local:

Una empresa vende un televisor por S/ 2,000. IGV = S/ 360. Total a cobrar = S/ 2,360.

      2. Exportación:

Una empresa exporta textiles por S/ 50,000. No paga IGV, pero puede recuperar el IGV pagado en insumos.

      3. Servicios desde el extranjero:

Una empresa peruana contrata publicidad digital en el exterior. El uso en el Perú genera IGV por utilización de servicios.


7. Importancia de conocer la base legal

  • Permite a las empresas evitar sanciones.

  • Ayuda a optimizar el uso del crédito fiscal.

  • Facilita la defensa en fiscalizaciones.

  • Contribuye a la correcta toma de decisiones tributarias.


8. Últimas modificaciones al TUO y al Reglamento del IGV (vigentes hasta 2025)

8.1 Actualizaciones recientes al TUO (Decreto Supremo N.º 055-99-EF)

  • Un texto actualizado del TUO fue publicado el 20 de diciembre de 2024, incorporando las modificaciones introducidas por la Ley N.º 32211. Este documento refleja el estado vigente del texto consolidado hasta esa fecha.

  • También, en enero de 2025 se promulgó una ley que exime del IGV ciertos ingresos percibidos por instituciones financieras (como bancos, cajas municipales y rurales, cooperativas de ahorro y crédito y EDPYME), tanto domiciliadas como no domiciliadas. Esta modificación amplía las exoneraciones del TUO respecto a esas entidades.

  • En agosto de 2024, se introdujo una modificación vinculada específicamente al régimen tributario de los servicios digitales, ajustando disposiciones del TUO en ese contexto.

Estas actualizaciones son claves para entender el alcance actual del TUO y cómo ciertos sectores (financiero, digital) han sido incorporados o excluidos del régimen de IGV.

8.2 Actualizaciones al Reglamento del IGV (Decreto Supremo N.º 29-94-EF)

  • En julio de 2006, se establecieron nuevos requisitos para los registros contables obligatorios (Registro de Ventas e Ingresos, Registro de Compras y Registro de Consignaciones), mediante el Decreto Supremo N.º 186-2005-EF. Estos requisitos fueron de cumplimiento obligatorio desde el 1 de julio de 2006 para contribuyentes existentes, mientras que quienes iniciaron operaciones a partir del 1 de noviembre de 2005 debían cumplirlos desde su inicio de actividades.

  • En 2011, el Decreto Supremo N.º 137-2011-EF modificó el Reglamento para adecuarlo a recientes cambios en el TUO introducidos por las leyes N.º 29214 y N.º 29215. Estas normas fortalecieron los controles y requisitos formales para ejercitar el crédito fiscal, por lo que el Reglamento fue actualizado para alinear sus procedimientos con esas leyes.

A la fecha de 2025, no se han identificado modificaciones más recientes al Reglamento que hayan sido publicadas formalmente después de 2011, según fuentes disponibles.


9. Interpretación práctica de estas modificaciones

  1. Entidades financieras exentas: Las instituciones mencionadas ya no están sujetas a IGV por ciertos ingresos, lo que implica un tratamiento tributario especial que debe reflejarse en la contabilidad y declaraciones mensuales.

  2. Servicios digitales: La nueva regulación establece criterios específicos de tributación (o exoneración) respecto a servicios digitales, lo que impacta a proveedores y consumidores de estos servicios.

  3. Registros contables obligatorios: La exigencia de formatos y llenado de registros introducida en 2005 impuso un estándar que aún determina la validez de comprobantes y el derecho al crédito fiscal.

  4. Formalidad del crédito fiscal: Las actualizaciones del Reglamento tras las leyes 29214 y 29215 fortalecen los controles formales (requisitos de los comprobantes, documentación respaldatoria) para ejercer el crédito fiscal, lo cual es clave durante una fiscalización.


✅ Conclusiones

El Decreto Supremo N.° 055-99-EF (TUO de la Ley del IGV) y el Decreto Supremo N.° 29-94-EF (Reglamento del IGV) constituyen la columna vertebral del sistema del IGV en el Perú.

  • El TUO establece las reglas sustantivas: operaciones gravadas, sujetos, base imponible, tasas y crédito fiscal.

  • El Reglamento precisa su aplicación operativa: comprobantes, plazos, restricciones y casos especiales.

Un conocimiento integral de ambos textos no solo permite cumplir con las obligaciones tributarias, sino también aprovechar eficientemente los beneficios del crédito fiscal y evitar contingencias ante SUNAT.

En la práctica, la correcta gestión del IGV representa no solo un tema legal, sino una estrategia empresarial clave para la sostenibilidad financiera de los negocios en el Perú.


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