Desde el 1 de agosto del 2025 entro en vigencia la modificación del plazo máximo de atraso del registro del Libro de Inventarios y Balances, el Libro Diario, el Libro Diario de formato simplificado y el Libro Mayor vinculados a la presentación del PDT – Formulario Virtual N.º 0625.
Con la finalidad de propiciar la correcta determinación de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta y facilitar la verificación de la información que se anote en dichos libros, así como adecuar la normativa que regula el envío del resumen del Libro de Inventarios y Balances, a partir del 1 de agosto del 2025, entro en vigencia, la modificación del plazo máximo de atraso del registro del Libro de Inventarios y Balances, el Libro Diario, el Libro Diario de formato simplificado y el Libro Mayor vinculados a la presentación del PDT – Formulario Virtual Nº 0625 “Modificación del coeficiente o porcentaje para el cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta”, declaración jurada que contiene el estado de ganancias y pérdidas al 30 de abril y/o al 31 de julio.
Plazos de Atraso de Los Libros Vinculados a Asuntos Tributarios
Tratándose de contribuyentes que presenten el mencionado PDT, para modificar o suspender pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, se considera lo siguiente:
(*) Resolución de Superintendencia N° 000257-2025/SUNAT.
(**) De acuerdo con el Anexo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT.
Base Legal:
- Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT – Resolución de Superintendencia que establece las normas referidas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios, publicada 30.12.2006
- Resolución de Superintendencia Nro 286-2009/SUNAT– Dictan disposiciones para la implementación del llevado de determinados libros y registros vinculados a asuntos tributarios, publicada el 31.12.2009
- Resolución de Superintendencia Nº 196-2010/SUNAT – Modifican la Resolución de Superintendencia Nro 286-2009/SUNAT que dictó disposiciones para la implementación del llevado de determinados libros y registros vinculados a asuntos tributarios de manera electrónica, a fin de facilitar el acceso a dicho sistema, publicada 27.07.2010
- Resolución de Superintendencia N° 000257-2025/SUNAT – Resolución de Superintendencia que modifica el plazo máximo de atraso de determinados libros vinculados a asuntos tributarios, en los casos de presentación del PDT – Formulario Virtual N.° 0625 “Modificación del coeficiente o porcentaje para el cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta”, publicada 31.07.2025
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