Para registrar un comprobante de contingencia primero debemos tener claro el sistema de emisión electrónica.
Para este ejemplo, elegiremos el SEE-SOL.
Lo primero que haremos es ingresar a nuestra clave sol e ingresar al menú: Comprobantes de Pago / Comprobantes – Contingencia.
Luego elegimos el comprobante de pago que vamos a informar a la SUNAT. Para el ejemplo será una boleta de venta emita en contingencia.
Procedemos a ingresar los datos solicitados. Adicionalmente, ingresamos la serie y el numero del comprobante de pago físico emitido.
Finalmente, registramos el comprobante.
Multa por no informar los Comprobantes de Contingencia
La multa es muy parecida a una declaración informativa, es más la acción de declarar un comprobante de contingencia es una declaración informativa. Por lo tanto, podrás sustituir la declaración, así como rectificar la declaración.
- Una vez emitido el comprobante de pago de contingencia, existe la obligación de declararlo.
- El plazo es de siete días calendarios contando desde el día siguiente calendario de la fecha de emisión.
La infracción por no informar el comprobante de pago de contingencia está tipificado en el numeral 2 del artículo 176 del código tributario:
“No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos”
La multa por no informar los documentos en contingencia depende, según el tipo de contribuyente.
- Tabla I: 30% UIT
- Tabla II: 15% UIT
Gradualidad
Por otra parte, si se subsana antes de cualquier notificación de la Sunat, la sanción pecuniaria se reducirá en 100%.
Conclusión
- La multa es 30% UIT por no declarar los comprobantes de pago de contingencia para las empresas del Regimen General o Regimen Mype Tributario.
Fuente: Sunat
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HE INTENTADO REGISTRAR LOS FISICOS DE FACTURAS EN CONTINGENCIA Y CUANDO LO INTENTO ME INDICA QUE NO ESTOY EN EL APDRON ,QUE HACER EN ESTOS CASOS POR FAVOR