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¿Qué es el DAOT?

El DAOT (Declaración Anual de Operaciones con Terceros) es una declaración tributaria en Perú que se presenta ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Esta declaración tiene como objetivo informar sobre las operaciones comerciales y financieras realizadas por una empresa con terceros durante el año.

¿Quiénes estan obligados a presentarlo?

La obligación de presentar la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT)  tiene en cuenta las siguientes categorías de contribuyentes:

  1. Contribuyentes que al 31 de diciembre del 2023, hubiesen tenido la categoría de Principales Contribuyentes.
  2. Contribuyentes que estén obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV durante el ejercicio 2023:
    • El monto de sus ventas internas haya superado las 75 UIT.
    • El monto de sus adquisiciones haya superado las 75 UIT.
  3. Las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que hayan realizado sólo operaciones inafectas del IGV en el 2022, que se encuentren obligadas a presentar el PDT PLAME cuyo número de trabajadores que deben ser declarados en el PDT PLAME correspondiente al período tributario noviembre del 2023 sea superior a diez (10).

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¿Cómo puedo saber si he superado  las 75 UIT en ingresos y/o adquisiciones?

Las casillas del PDT 621 o declara fácil te pueden ayudar a determinarlo .

daot

¿Qué operaciones se informan?

Dichas empresas declaran a sus clientes y proveedores uno por uno, cuyas operaciones sean mayores a 2 UIT, por lo que las operaciones menores a 2 UIT no se declaran.

Para el ejercicio 2023 el valor de la UIT es: S/ 4,950

2 UIT del 2023 =  S/  9,900

¿Qué operaciones no se declaran en el DAOT 2023

  • Adquisiciones que hubieran sido informadas a la SUNAT por las entidades del Sector Público en cumplimiento de la obligación establecida mediante Decreto Supremo N° 027-2001-EF.
  • Transacciones informadas a la SUNAT de acuerdo con la obligación prevista en el Reglamento de Notas de Crédito Negociables, siempre que se hayan informado las transacciones realizadas en los doce meses del ejercicio.
  • Importación de bienes.
  • Exportación de bienes y/o servicios, considerados como tales por las normas que regulan el Impuesto General a las Ventas (IGV).
  • Utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados.
  • Consideradas como retiros de bienes, conforme a las normas del IGV.
  • Aquellas por las que no exista la obligación de consignar el número de RUC o el número del documento de identidad del adquirente o usuario; salvo que los comprobantes de pago contengan dicha información.
  • Realizadas en los períodos durante los cuales el Declarante hubiera pertenecido al Nuevo RUS.

Cronograma de vencimientos 

El PDT Operaciones con Terceros – Formulario Virtual 3500 – Ejercicio 2023 debe ser presentado dentro de los plazos legales abajo indicados según el último dígito del RUC.

cronograma

Multa por no presentar el DAOT 2023

Si tienes la obligación de presentar la declaración DAOT y no lo haces dentro de los plazos establecidos en el calendario, estarás cometiendo la infracción prevista en el artículo 176, numeral 2, del Código Tributario.

Se consideran infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones y comunicaciones:

«No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos.»

En términos de sanciones, el monto de la multa varía según el tipo de contribuyente, siguiendo las pautas de las tablas I y II del Código Tributario. Para los contribuyentes del Régimen General, la multa es del 30% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), mientras que para los contribuyentes del Régimen Especial, la multa asciende al 15% de la UIT. En 2023, el valor de una UIT asciende a 4,950 soles.

Gradualidad

En cuanto a la gradualidad, es importante destacar que se aplica en dicha infracción: Si el contribuyente corrige la infracción antes de que la SUNAT inicie cualquier comunicación al respecto, la sanción se reduce al 100%.

A tener en cuenta:

 Puede presentarse la siguiente situación, que una empresa esté obligada a presentar el DAOT porque supera las 75 UIT en ventas anuales y/o compras anuales, pero las operaciones con sus clientes y/o proveedores no supere las 2 UIT (S/ 9,900).

En dicho caso solo deberá informar mediante clave sol, generando una “Constancia de no tener información a declarar”.

Una empresa que no superan las 75 UIT ni ventas ni compras, pero sí las 2 UIT por cliente y/o proveedor, ¿Está obligado a declarar?

No está obligado a declarar el DAOT.

Las ventas de una empresa superan las 75 UIT, pero mis compras no ¿Estoy obligado?

Sí,  estás obligado a presentar el DAOT.

Declaré el DAOT de una empresa que no está obligada a presentarla ya que no supera las 75 UIT ¿ Se generará algún tipo de multa?

Dicha infracción, no está tipificada en el código tributario, por lo tanto, no hay multa por pagar.

Tengo una empresa que presenta libros electrónicos ¿Está obligado a presentar el DAOT?

No, solo debes sacar su constancia de no tener información a declarar.

¿Cómo generar la constancia de no tener información a declarar?

paso 1: Debes ingresar a la página de SUNAT, Operaciones en línea

paso 2: Luego nos dirigimos al menú Mis declaraciones informativas e ingresamos a la opción Constancia de No presentación del DAOT.

paso 3: Finalmente, obtendremos la CONSTANCIA DE NO TENER INFORMACIÓN A DECLARAR

Recomendación:

Es importante que las empresas en Perú cumplan con la presentación del DAOT dentro de los plazos establecidos por la SUNAT, ya que no hacerlo o proporcionar información incorrecta puede resultar en sanciones y multas.

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