Estados Financieros Auditados y No Auditados 1200x900 1xr:d:DAF9wNnlHj4:2,j:1246790935785638302,t:24022500

¿Cuáles son los elementos de conexión entre el delito tributario y el lavado de activos, para la acreditación de este último?

Según el Decreto Legislativo N° 1106, se denomina lavado de activos a la acción de convertir o transferir dinero, bienes, efectos o ganancias cuyo origen ilícito se conoce o debería presumirse, a fin de evitar su identificación, incautación o decomiso.

“Es un delito autónomo, es decir, que puede iniciarse la investigación sin necesidad de que las actividades criminales hayan sido descubiertas”

Se encuentren sometidas a investigación o proceso judicial, ni fuesen previamente objeto de prueba o condena (tipo penal base y de mayor incidencia).

El conocimiento del origen ilícito corresponde a actividades criminales, como delitos de minería ilegal, tráfico ilícito de drogas, financiamiento de terrorismo, delitos contra la administración pública, delitos tributarios, extorsión, robo, delitos aduaneros o cualquier otro con capacidad de generar ganancias ilegales, a excepción de los actos contemplados en el artículo 194 del Código Penal. El origen ilícito que conoce o debía presumir el agente del delito podrá inferirse de los indicios concurrentes en cada caso.

Se necesita reformular las estrategias de selección de sujetos fiscalizables e implementar nuevos mecanismos de acciones de control a cargo de la Sunat.

La norma ha previsto expresamente que uno de los “delitos fuente” lo constituye el delito tributario. No es necesario que el delito que originó los beneficios ilícitos fuese objeto de acreditación o condena de la autoridad jurisdiccional respectiva.

Introducción

El lavado de activos es un delito que involucra el proceso de ocultar o disfrazar el origen ilícito de fondos o bienes obtenidos a través de actividades ilegales. Es una práctica que afecta la integridad del sistema financiero y tiene consecuencias legales significativas. En este artículo, exploraremos en detalle el concepto de lavado de activos, las diferentes tipologías que existen y las consecuencias legales asociadas.

1. ¿Qué es el lavado de activos?

El lavado de activos se refiere al proceso mediante el cual los fondos o bienes generados a partir de actividades ilegales son convertidos en apariencia de fondos legítimos. Este proceso involucra una serie de etapas, incluyendo la colocación, la estratificación y la integración de los activos.

La colocación implica la introducción de los fondos ilegales en el sistema financiero. La estratificación se refiere a la realización de transacciones complejas para dificultar el rastreo de los fondos. Y finalmente, la integración consiste en la incorporación de los fondos ilegales en actividades económicas legítimas.

2. Tipología del lavado de activos

Existen diversas formas en las que se puede llevar a cabo el lavado de activos. A continuación, se presentan algunas de las tipologías más comunes:

2.1. Lavado de activos a través del sector financiero

Esta tipología se refiere al uso de instituciones financieras, como bancos o casas de cambio, para llevar a cabo el proceso de lavado de activos. Los delincuentes realizan depósitos de fondos ilegales en estas instituciones y luego realizan transacciones complejas para dificultar su rastreo.

2.2. Lavado de activos a través de negocios legítimos

En este caso, los delincuentes utilizan negocios legítimos, como restaurantes o empresas comerciales, para ocultar el origen ilícito de los fondos. Estos negocios pueden recibir pagos en efectivo de actividades ilegales y luego registrarlos como ingresos legítimos.

2.3. Lavado de activos a través de bienes raíces

El lavado de activos también puede llevarse a cabo mediante la adquisición de bienes raíces. Los delincuentes compran propiedades utilizando fondos ilegales y luego las venden, obteniendo así ganancias legítimas que dificultan el rastreo del origen ilícito de los fondos.

3. Consecuencias legales del lavado de activos

El lavado de activos es un delito grave que conlleva importantes consecuencias legales. En muchos países, está penado por la ley y puede resultar en largas penas de prisión y fuertes multas. Además, el dinero y los bienes involucrados en actividades de lavado pueden ser confiscados por las autoridades.

Es importante destacar que el lavado de activos no solo afecta a los delincuentes individuales, sino que también tiene un impacto negativo en la economía y en la sociedad en general. El dinero proveniente de actividades ilegales puede ser utilizado para financiar otras formas de delincuencia, como el tráfico de drogas o el terrorismo.

Conclusion

En resumen, el lavado de activos es un delito que implica ocultar el origen ilícito de fondos o bienes obtenidos mediante actividades ilegales. Existen diversas tipologías de lavado de activos, incluyendo el uso del sector financiero, negocios legítimos y bienes raíces. Este delito tiene consecuencias legales significativas y afecta negativamente a la sociedad en su conjunto.

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Informe de la SBS aconseja a la Sunat que fortalezca su labor de control de ingreso o salida de dinero en efectivo en el país y que los notarios refuercen sus señales de alerta

Como parte de las acciones de lucha contra el lavado de activos (LA) y financiamiento del terrorismo (FT) es necesario que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) fortalezca su labor de control de ingreso o salida de dinero en efectivo en el país y los notarios refuercen sus señales de alerta para detectar el uso de personas jurídicas, principalmente, las sociedades anónimas cerradas (SAC), como organizaciones de fachada.

Estas acciones forman parte de las recomendaciones del IV Informe de Sentencias de Lavado de Activos en el Perú. Análisis de sentencias condenatorias firmes (2012-2021), que publicó la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF).

Prevención

En el ámbito de la prevención del LA/FT, el documento aconseja, además, a todos los sujetos obligados reforzar su debida diligencia con el cliente y prestar especial atención a las operaciones efectuadas por las personas expuestas políticamente (PEP), en particular las que tienen esta condición por prestar servicios en los gobiernos locales y regionales.

A la par, el informe señala que los sujetos obligados del sector vehicular deben reforzar su debida diligencia con el cliente y prestar especial atención a las operaciones que realicen para detectar posibles actos de lavado de activos. En el sector financiero es necesario que se adopte igual medida con los depósitos en cuentas de ahorro, transferencias procedentes del exterior y pagos de créditos personales, indica.

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Detección

En el ámbito de detección, el informe sugiere a la UIF considerar los delitos precedentes de LA de mayor incidencia, las tipologías más frecuentes, los sectores más vulnerables al lavado de activos y los indicios de LA en su labor de priorización de los reportes de operaciones sospechosas recibidos por los sujetos obligados.

Además, considera que la Unidad de Inteligencia Financiera y el Ministerio Público deben fortalecer el trabajo conjunto y coordinado para garantizar el uso oportuno de las comunicaciones de inteligencia financiera en los procesos de lavado de activos.

La publicación, en el ámbito de persecución y sanción, recomienda a la Fiscalía y Poder Judicial continuar con los esfuerzos para concluir los procesos de LA contra las personas naturales, mediante una respuesta efectiva, proporcional y disuasiva y dentro de un plazo razonable.

Así también, reforzar la persecución y sanción penal de las personas jurídicas utilizadas para lavar activos, en el contexto del artículo 105 del Código Penal y el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1106 (consecuencias accesorias) o la Ley N° 30424 (responsabilidad autónoma de personas jurídicas), según corresponda.

Es necesario que el Ministerio Público continúe usando el proceso especial de colaboración eficaz como herramienta para combatir eficazmente el LA, anota.

Mientras, aconseja al Poder Judicial mejorar el contenido de las sentencias de estos casos, especificándose, en los antecedentes, la data objetiva para establecer la duración del proceso; y en el acápite referido a la determinación de la pena, la ocupación o profesión del acusado.

Crecimiento sostenido

Si bien la relación entre la cantidad de las sentencias de LA emitidas en el período 2012-2021 y el número de condenas por los delitos precedentes (como el tráfico ilícito de drogas o la corrupción) es asimétrica, se advierte en ese período un crecimiento sostenido, precisa el informe como una de sus conclusiones.

Así también, señala que la existencia de 234 condenados con prisión efectiva sobre un universo de 306 condenados demuestra que las sanciones impuestas en un caso concreto de LA son efectivas, proporcionales y disuasivas.

A diferencia de la efectividad del sistema en relación con la persecución y sanción de las personas naturales, en el caso de las personas jurídicas, solo seis resultaron sancionadas y existe un proceso reservado contra una empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL), anota.

Esta cifra, advierte, si bien representa un incremento en función de las personas jurídicas sancionadas al 2020 (cuatro), evidencia deficiencias en la investigación, procesamiento y sanción contra los vehículos corporativos, más aún si a las personas jurídicas involucradas en los delitos de LA, cometidos a partir del 1° de enero del 2018, se les aplica la Ley N° 30424, que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en el proceso penal.

Si bien el número de PEP condenadas no es alto (ocho), teniendo en cuenta el universo de condenados (306), es posible advertir la tendencia a que las personas involucradas sean principalmente autoridades de los gobiernos regionales y locales (seis de ocho), detalla, entre otras conclusiones.

Cifra

234 encarcelados y 66 con pena suspendida es el saldo de 175 condenas por Lavado de activos.

Preguntas frecuentes

1. ¿Cuáles son las etapas del lavado de activos?

El lavado de activos involucra las etapas de colocación, estratificación e integración de los fondos o bienes ilícitos.

2. ¿Cuáles son las tipologías más comunes de lavado de activos?

Algunas de las tipologías más comunes son el lavado a través del sector financiero, de negocios legítimos y de bienes raíces.

3. ¿Qué consecuencias legales tiene el lavado de activos?

El lavado de activos puede resultar en penas de prisión, multas y la confiscación de los fondos o bienes involucrados.

4. ¿Cómo afecta el lavado de activos a la economía y la sociedad?

El dinero proveniente de actividades de lavado puede financiar otras formas de delincuencia, lo que tiene un impacto negativo en la economía y la sociedad en general.

5. ¿Qué se puede hacer para prevenir el lavado de activos?

Es fundamental contar con regulaciones y controles financieros sólidos, así como promover la cooperación internacional para combatir eficazmente el lavado de activos.
Informe SBS – Edicion N° 133

CASOS EMBLEMATICOS:

https://cdn01.pucp.education/idehpucp/wp-content/uploads/2020/02/11204014/reporte-caso-toledo.pdf

 

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By joseph

One thought on “Delito tributario y lavado de activos: tipología y consecuencias”
  1. El lavado de activos representa un desafío global de gran envergadura, vinculado estrechamente con la moderna criminalidad organizada. En el contexto peruano, la investigación se enfoca en la relación entre las reglas tributarias sobre desbalances patrimoniales y la lucha contra el lavado de activos. Este estudio aborda la complejidad de este problema, la necesidad de un enfoque integral y la importancia de optimizar tanto el marco legal como la actuación de las entidades involucradas.
    Para ello, se aplica una metodología mixta que combina el análisis de resoluciones del Tribunal Fiscal y sentencias judiciales (2020-2021) con entrevistas semiestructuradas a expertos. La muestra incluye 59 resoluciones y 40 sentencias, además de 9 entrevistas a profundidad con expertos en el ámbito tributario y contable.
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    De este análisis se extrae que la falta de una regulación propia aplicable a la determinación de desbalances patrimoniales y la falta de un procedimiento uniforme generan reprocesos en los casos judiciales. La metodología utilizada por la SUNAT para establecer el Incremento Patrimonial No Justificado (IPNJ) suele ser mejor acogida por los magistrados en comparación con otras metodologías. En los casos provenientes del Ministerio Público, los peritos no siguen reglas uniformes para la validación de saldos, evaluación de transacciones y documentos acreditativos, generando controversias.
    En cuanto a las diferencias y similitudes en las normativas tributarias sobre desbalances patrimoniales entre Perú y otros países de la región, se destaca que en Perú la vía administrativa resuelve el tema relativamente rápido debido al soporte normativo tributario, mientras que en la vía jurisdiccional se generan más controversias. La escasa cantidad de estudios en América Latina sobre desbalances patrimoniales se atribuye a la aparente unicidad respaldada por evidencia técnica y científica.
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    Por otro lado, se destaca la importancia de las reglas tributarias, debido a que estas desempeñan papel fundamental en la detección y prevención del lavado de activos en Perú. Permiten identificar desbalances patrimoniales, establecer presunciones de renta neta por IPNJ, colaborar estrechamente con otras entidades y aplicar sanciones a quienes no justifiquen el origen de sus incrementos patrimoniales.
    Del estudio se colige que las reglas tributarias sobre desbalances patrimoniales juegan un papel crucial en la detección y prevención del lavado de activos en el contexto peruano. La falta de regulación propia y uniformidad en procedimientos son desafíos a superar. Debido a ello, se propone establecer una regulación propia para desbalances patrimoniales, uniformar procedimientos en casos del Ministerio Público y fortalecer la colaboración entre entidades. Además, se sugiere un acuerdo plenario para orientar a jueces y al Ministerio Público, basándose en prácticas de la Administración Tributaria.

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