En materia tributaria-fiscal:

  • Establecer expresamente la no deducibilidad de los pagos por cohecho a funcionarios públicos extranjeros.
  • Ajustar el régimen de Impuesto a la Renta de primera y segunda categoría, reduciendo la brecha que existe entre la tasa a las rentas del capital (5%) y la tasa a las rentas de los trabajadores (entre 8% y 30%).
  • Se apunta a ajustar el tope máximo de deducción sobre el 20% de los ingresos declarados, que actualmente es 24 UIT y que permite deducir hasta S/ 105.600 para ingresos anuales de S/ 528.000 y más. Esta medida únicamente afectará a los sectores de más altos ingresos, que representan menos del 0,5% de los contribuyentes.
  • Establecer la inscripción de oficio en el RUC. Utilizar mecanismos más eficientes para detectar a aquellos que ejercen actividad económica y que eventualmente no están registrados ante la administración tributaria.
  • Crear un “Perfil de Cumplimiento” para cada contribuyente. Clasificarlos entre “el más cumplidor y menos cumplidor” en el pago de impuestos.
  • Incrementar las tasas de regalía minera e impuesto especial a la minería para los tramos más altos de margen operativo.
  • Impuesto a las embarcaciones de recreo (yates).
  • Modificar la Ley del IGV para establecer un mecanismo de recaudación y gravar a las compañías de ‘streaming’ (Netflix, Amazon, Disney+, entre otros).

  • SOWTWARE DE CONTABILIDAD
 

En reactivación económica:

  • Facilitar la tramitación, evaluación y aprobación de procedimientos por entes estatales en materia de inversión privada y público privada.
  • Mejorar la normativa de Obras por Impuestos (OxI) ampliando sus alcances y fuentes de financiamiento.
  • Mejorar y consolidar las reglas, criterios, financiamientos, competencias de las Asociaciones Publico-Privadas y Proyectos en Activos.
  • Establecer disposiciones especiales para facilitar la tramitación, evaluación, aprobación o prórroga de procedimientos, tales como licencias, autorizaciones, permisos, habilitaciones urbanas, entre otros.
  • Aprobar una nueva Ley de Contrataciones del Estado.

En materia financiera:

  • El Banco de la Nación podrá otorgar créditos y otros servicios financieros a mypes y beneficiarios de programas sociales.
  • Capitalizar las utilidades generadas por el propio Banco de la Nación, sin transferencias del Tesoro Público.
  • Fijar un nuevo marco normativo para el Banco de la Nación y que deje de regirse bajo un decreto supremo.
  • Modificar el tope de multas a fin de que estas sean vinculadas a los ingresos de la entidad supervisada por la SBS.
  • Modificar algunos de los requisitos establecidos en el marco regulatorio para la creación de nuevas entidades financieras, a fin de que puedan operar en el país compañías 100% digitales.

 

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