Si tienes un negocio en Perú, emitir comprobantes electrónicos ya no es opcional. Muchos emprendedores creen que necesitan comprar un certificado digital para cualquier factura, y no siempre es así. Todo depende del sistema con el que emitas y del tamaño de tu negocio. En esta guía te explicamos qué certificado necesitas, cuándo te lo piden y cómo conseguirlo, con la normativa vigente en 2026.
¿Qué es el certificado digital y para qué sirve?
Imagen intermedia: infografía simple de una factura con un sello o candado de “firma digital”.
El certificado digital funciona como tu firma electrónica. Confirma que la factura proviene de una fuente legítima, garantiza que no fue modificada después de emitirse y le da validez legal ante la SUNAT. Contiene un par de claves (pública y privada) y los datos del titular, sea persona natural o jurídica.
Los certificados pueden ser emitidos por entidades acreditadas ante INDECOPI, o por la propia SUNAT en el caso del certificado gratuito, que veremos más abajo.
¿Siempre necesito un certificado?
Imagen intermedia: captura o ilustración del portal SUNAT Operaciones en Línea (SOL) con el menú de facturación.
No. Esta es la aclaración más útil para tus lectores. Según la SUNAT, quienes emiten desde sistemas propios, desde el Facturador SUNAT o mediante un Operador de Servicios Electrónicos (OSE) requieren un certificado digital.
En cambio, si emites desde el portal de la SUNAT con Clave SOL (SEE-SOL), la emisión se hace desde el portal y es gratuita. En ese caso la SUNAT firma el documento y no necesitas certificado propio.
| Sistema de emisión | ¿Requiere certificado digital? |
|---|---|
| SEE-SOL (portal SUNAT) | No |
| Facturador SUNAT (SFS) | Sí |
| Sistema propio o ERP | Sí |
| Operador de Servicios Electrónicos (OSE) | Sí |
Dos caminos para obtenerlo:
Opción 1: el Certificado Digital Tributario (CDT) gratuito de la SUNAT
La SUNAT ofrece un CDT sin costo para el contribuyente. Lo emite RENIEC y los costos de emisión los asume la SUNAT. Tiene una vigencia de tres años.
La SUNAT indica que está autorizada hasta el 31 de diciembre del 2027 para facilitar su obtención. Los requisitos principales son:
- Estar afecto a rentas de tercera categoría.
- No estar suspendido ni de baja en el RUC, ni tener la condición de “no habido”.
- No estar inscrito en el Registro OSE ni en el Registro PSE.
- No tener otro CDT vigente ni haber obtenido más de dos con esta norma.
- Cumplir el tope de ingresos que fija la norma: S/ 1 260 000 de ingresos netos anuales (unas 300 UIT).
Cómo solicitarlo:
- Ingresa a SUNAT Operaciones en Línea con tu Clave SOL.
- Ve a Empresas → Comprobantes de Pago → Certificado Digital Tributario.
- Elige Solicitar Certificado Digital Tributario, acepta los términos y envía la solicitud.
- Abre tu Buzón SOL, busca el mensaje “Emisión de Certificado Digital Tributario” y entra al enlace.
- Crea tu clave privada (mínimo 8 caracteres, alfanumérica) y descarga el archivo.
Opción 2: un certificado de una entidad privada acreditada
Si superas el tope de ingresos, tu CDT ya venció o prefieres un proveedor privado, puedes comprar un certificado a una entidad acreditada por INDECOPI. El proceso es similar en todas:
- Elige la entidad certificadora y confirma que esté acreditada.
- Valida tu identidad. Te pedirán datos de tu empresa como el RUC y los datos del representante legal si eres persona jurídica.
- Paga el certificado. El precio depende del proveedor y de la vigencia, así que compara antes de decidir.
- Instálalo en tu sistema de facturación. El proveedor te enviará las instrucciones.
Suele estar listo en 24 a 48 horas tras completar los requisitos y el pago. Los certificados privados suelen tener vigencias de 1 a 3 años.
Lo nuevo en 2026
La SUNAT está acelerando la masificación de los comprobantes electrónicos. Con la Resolución de Superintendencia N.° 000075-2026/SUNAT, vigente desde el 1 de junio de 2026:
- Quienes se inscriben en el RUC en el Régimen MYPE Tributario, el Régimen Especial o el Régimen General son emisores electrónicos desde el día de su inscripción.
- Quienes dejan de estar en el Nuevo RUS lo son desde el primer día del mes siguiente.
- Los obligados a llevar el Registro de Ventas y el Registro de Compras deben hacerlo a través del SIRE.
En la práctica, un negocio nuevo debe pensar en su sistema de emisión (y en si necesita certificado) desde el primer día. Además, desde el 1 de agosto de 2026 entran en vigor nuevas validaciones y cambios en los catálogos de la SUNAT dentro del SEE, por lo que conviene que tu proveedor de software esté actualizado
Errores frecuentes que debes evitar
- Dejar vencer el certificado. Un certificado vencido detiene la emisión de comprobantes. Anota la fecha de vencimiento y renueva con anticipación.
- Pagar un certificado que no necesitas. Si solo emites desde el portal SOL, no lo necesitas.
- Ignorar el plazo de envío. Las facturas deben enviarse a la SUNAT dentro de un plazo de hasta 3 días calendario posteriores a su emisión.
- Guardar la clave privada sin respaldo. Si la pierdes, tendrás que gestionar otro certificado.
Un aliado para facturar sin complicaciones. Una vez que tengas claro qué certificado necesitas, conviene elegir bien el software con el que vas a emitir y llevar tu contabilidad. En ese punto, VisualCont es una opción que vale la pena evaluar: es un software contable pensado para el mercado peruano, que ayuda a ordenar tus comprobantes, tus registros y tus obligaciones con la SUNAT en un solo lugar.