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El balance de comprobación, conocido como el balance de sumas y saldos, es el cuarto paso del ciclo contable y como su nombre indica, su principal finalidad es comprobar que la suma de los créditos y débitos sean iguales.

Es decir, se comprueba la posibilidad de que se hayan cometido errores matemáticos al momento de calcular los saldos de las cuentas.

La balanza de comprobación representa uno de los pasos previos antes de elaborar los estados financieros básicos, aunque algunas compañías eligen realizar este proceso en otros intervalos de tiempo pero no suele ser muy común.

Para elaborar este tipo de informe hay que tener en cuenta la naturaleza de las cuentas para tomar los saldos de cada una de las que están registradas en el libro mayor.

La primera balanza que se realiza tras finalizar un período se le conoce como Balanza de Comprobación sin Ajustar, debido a que aún no se ha tenido en cuenta los efectos de las amortizaciones, depreciaciones, gastos de alquiler por adelantado o cualquier otra transacción que afecte determinadas cuentas durante un período.

Cosas que hay que tener en cuenta al momento de elaborar un balance de comprobación:

  • Al elaborar este informe, se debe tener en consideración que se coloca cada cuenta de acuerdo al orden correspondiente: Primero los activos, los pasivos, el capital, los ingresos, los costos y finalmente los gastos.
  • Asimismo, dado que el propósito de esta balanza es verificar que la suma de los débitos y los créditos sean iguales, es necesario corroborar que se cumpla con este enunciado y se coloca el resultado al final del balance con el nombre de “total”.
  • Los saldos correspondientes a las cuentas de activo, costos y gastos se colocan en la columna izquierda conocida como débito, mientras que los saldos de las cuentas de pasivo, capital e ingresos van en la columna derecha denominada crédito.

 

  • SOWTWARE DE CONTABILIDAD

 

Los sujetos que al 31 de diciembre de 2023 hubieran obtenido ingresos superiores a 1,700 UIT (S/ 8´415,000) correspondientes al referido ejercicio, están obligados a consignar en la Declaración presentada mediante el Formulario Virtual N.° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF, como información adicional, un balance de comprobación.

El monto de los ingresos se determina por la suma de los importes consignados en las casillas 463 (Ventas netas), 473 (Ingresos financieros gravados), 475 (Otros ingresos gravados) y 477 (Enajenación de valores y bienes del activo fijo) del Formulario Virtual N.° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF. Tratándose de la casilla 477 solamente se considera el monto de los ingresos gravados.

No estarán obligados a consignar la información señalada en el punto anterior:

  1. Las siguientes empresas supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones: empresas bancarias, empresas financieras, empresas de arrendamiento financiero, empresas de transferencia de fondos, empresas de transporte, custodia y administración de numerario, empresas de servicios fiduciarios, almacenes generales de depósito, empresas de seguros, cajas y derramas, administradoras privadas de fondos de pensiones, cajas rurales de ahorro y crédito, cajas municipales, entidades de desarrollo a la pequeña y microempresa (EDPYME), empresas afianzadoras y de garantías y el Fondo MIVIVIENDA S.A.
  2. Las cooperativas.
  3. Las entidades prestadoras de salud.
  4. Los concesionarios de transporte de hidrocarburos por ductos y de distribución de gas por red de ductos.
  5. Las empresas administradoras de fondos colectivos sólo por las operaciones registradas considerando el plan de cuentas del Sistema de Fondos Colectivos.

 

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