Introducción
El sistema tributario peruano ha experimentado diversas reformas a lo largo de los años, con el objetivo de simplificar el cumplimiento tributario y mejorar la recaudación fiscal. En ese marco, el Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) fue creado como una alternativa diseñada para los pequeños contribuyentes, principalmente micro y pequeños empresarios, con el fin de reducir las cargas administrativas y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Sin embargo, a pesar de los beneficios del NRUS, ciertos mecanismos como las percepciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) han generado controversia por su aplicación a este grupo de contribuyentes.
En ese contexto, el Proyecto de Ley N.º 11097/2024-CR, presentado al Congreso de la República del Perú el 12 de mayo de 2025, propone una reforma significativa: excluir a los contribuyentes del NRUS del régimen de percepciones del IGV. Además, el proyecto plantea modificaciones a los plazos de prescripción para la solicitud de devoluciones y compensaciones cuando se trate de retenciones y percepciones.
Este artículo analiza a profundidad la iniciativa legislativa, sus fundamentos, implicancias tributarias y contables, así como el impacto que tendría en los contribuyentes, la administración tributaria y la economía en general.
🔍 ¿Qué es el NRUS?
El Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS), regulado por el Decreto Legislativo N.° 937, es un régimen tributario especial orientado a pequeños contribuyentes. Sus principales características son:
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Dirigido a personas naturales con negocio.
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Límite de ingresos mensuales: S/ 8,000.
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No están obligados a llevar libros contables.
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No se emiten facturas, solo boletas de venta.
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Pago mensual único: S/ 20 o S/ 50 según ingresos.
📌 Objetivo: Fomentar la formalización y simplificar las obligaciones tributarias de pequeños negocios.
💡 ¿Qué son las percepciones del IGV?
Las percepciones del IGV son anticipos del impuesto aplicados a determinadas operaciones de venta. Cuando un proveedor vende a un agente de percepción, este último retiene un porcentaje adicional, que se considera un pago anticipado del IGV del vendedor.
📘 Base legal: Ley N.º 29173
📍 Problema actual: El NRUS no declara ni paga IGV, por lo que las percepciones se convierten en un costo no recuperable para estos contribuyentes.
⚖️ ¿Qué propone el Proyecto de Ley?
1. Exclusión del NRUS del sistema de percepciones
Modificación propuesta – Ley N.º 29173:
Artículo 11 – Operaciones excluidas de la percepción
(…) g) Realizadas por aquellos sujetos comprendidos en el Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS), de acuerdo con lo dispuesto en la Segunda Disposición Final del Decreto Legislativo N.º 937).
📌 Implicancia: Se exoneraría explícitamente a los sujetos del NRUS de cualquier percepción de IGV, eliminando un tratamiento inequitativo.
2. Ampliación del plazo de prescripción para devoluciones
Modificación propuesta – Código Tributario:
Artículo 43 – Plazos de prescripción
La acción para solicitar o efectuar la compensación, así como para solicitar la devolución prescribe a los 4 años, y prescribe a los diez (10) años cuando se trate de la solicitud de devolución de retenciones y percepciones.
📌 Objetivo: Otorgar un plazo más razonable a contribuyentes que deseen reclamar percepciones o retenciones indebidas, considerando los obstáculos de acceso a información o asesoría tributaria.
⚠️ ¿Por qué se considera necesaria esta modificación?
🎯 Inequidad del sistema actual
Los contribuyentes del NRUS no pueden aprovechar el crédito fiscal del IGV. Si se les aplica percepciones, no pueden recuperar ese dinero, lo que genera:
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Doble carga tributaria indirecta.
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Desincentivo a operar formalmente.
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Distorsión en los precios frente a competidores del régimen general.
🛠️ Contradicción con el diseño del NRUS
El NRUS fue creado para simplificar el cumplimiento tributario. Aplicar percepciones implica mayores costos, trámites y complejidad, contraviniendo el principio de simplicidad administrativa.
Fundamentos de la iniciativa legislativa
a. Justicia tributaria
El proyecto responde a la necesidad de corregir una situación de inequidad: contribuyentes que no están sujetos al IGV en su forma tradicional, y que no tienen derecho al uso del crédito fiscal, están siendo gravados indirectamente mediante un sistema que fue diseñado para anticipar tributos de aquellos que sí lo están.
b. Principio de simplicidad administrativa
Aplicar percepciones a los contribuyentes del NRUS va contra el principio de simplificación que inspiró este régimen. La norma original buscaba aliviar la carga administrativa para pequeños negocios, pero la imposición de percepciones genera complicaciones innecesarias.
c. Eficiencia del sistema tributario
Excluir a los sujetos del NRUS de las percepciones puede mejorar la eficiencia del sistema, permitiendo que la SUNAT enfoque sus esfuerzos de fiscalización y recaudación en contribuyentes de mayor capacidad económica y operativa.
📊 Impacto del proyecto
🔹 Para los contribuyentes NRUS:
✅ Reducción de costos tributarios
✅ Mejora en su liquidez
✅ Menos cargas administrativas
✅ Promoción de la formalización
🔹 Para la SUNAT:
✅ Mayor eficiencia en la fiscalización
✅ Menor gestión de reclamos improcedentes
✅ Enfoque en contribuyentes con mayor volumen y riesgo fiscal
🔹 Para la economía formal:
✅ Fomento de inclusión económica
✅ Reducción de la informalidad
✅ Igualdad de condiciones comerciales
👥 Opiniones del sector contable
Diversos especialistas en derecho tributario han manifestado su respaldo al proyecto. Señalan que:
“La aplicación de percepciones a los contribuyentes del NRUS ha sido históricamente un error normativo, al no considerar la imposibilidad de estos de recuperar los montos percibidos.”
— Carlos Valderrama, tributarista
“Esta modificación mejora la equidad del sistema, pues evita cargar impuestos adelantados a quienes no tienen cómo compensarlos.”
— Elena Pacheco, contadora pública colegiada
📌 Conclusiones
El Proyecto de Ley N.º 11097/2024-CR representa una propuesta clave para corregir una situación injusta en la aplicación de percepciones del IGV a los sujetos del NRUS. Eliminar esta carga innecesaria fortalecerá el principio de equidad tributaria, promoverá la formalización y devolverá la coherencia al diseño del régimen simplificado.
Además, ampliar los plazos de prescripción para devoluciones derivadas de percepciones y retenciones contribuye a garantizar el derecho de los contribuyentes a recuperar pagos indebidos, especialmente en escenarios de desinformación o falta de acceso a asesoría legal.
La aprobación de esta propuesta fortalecería el sistema tributario peruano y contribuiría al desarrollo económico formal de los pequeños negocios, que son el corazón de la economía nacional.
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