sunattt

Con fecha 22 de diciembre se publicó la Resolución de Superintencia Nº 258-2023 el cual establece la prórroga del uso de aplicación del SIRE SUNAT hasta el periodo abril 2024.

Base Legal: Resolución de Superintendencia Nº 258-2023

Fecha de publicación: 22.12.2023

Fecha de vigencia: 23.12.2023

Aplicación: Régimen General y Contabilidad Manual.

Solo aplica para las empresas del Régimen General y para las empresas que llevaban sus registros de compras y ventas de forma manual.

Recordemos que estas empresas empezaban con el uso del SIRE a partir del periodo enero 2024.

Por lo tanto, empezarán a partir del periodo abril 2024.

  • SOWTWARE DE CONTABILIDAD

En ese sentido se modifican los incisos b), d) y e) del párrafo 3.1. y el párrafo 3.5. del artículo 3, así como el inciso a) del primer párrafo del artículo 4 de la Resolución de Superintendencia N° 000112-2021/SUNAT, en los términos siguientes:

“Artículo 3. Sujetos obligados a llevar el RVIE y el RCE a través del SIRE

ju

lllll

¿La prórroga aplica para los que empezaron en octubre 2023?

No aplica, los que empezaran en el periodo octubre 2023, deben seguir anotando sus registros de compras y ventas mediante el SIRE SUNAT.

Lo que sí les aplica es la facultad discrecional de poder presentar los periodos octubre, noviembre y diciembre 2023 hasta el mes de abril 2024.

Suscríbete y capacítate con los mejores profesionales

Revista de consultoría tiene un contenido de excelente calidad que brinda revistas mensuales, además de los mejores cursos contables, laborales, tecnológicos y tributarios que lo conseguirás con nosotros para que incrementes tus conocimientos, también podrás hacer consultas a un experto y mucho más.

Nos puede contactar llamando al numero 987286231 o escríbenos un mensaje haciendo clic en el siguiente botón.

Recurso 1 5

Agregue un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *

[contact-form-7 id="1386" title="Formulario de contacto 3"]