Las exoneraciones tributarias en la selva peruana son beneficios fiscales otorgados por el Estado para promover el desarrollo económico y social de la Amazonía peruana. Su principal sustento legal es la Ley N.° 27037 – Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, vigente desde 1999, junto con su reglamento y normas complementarias emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la SUNAT.
¿En qué consisten las exoneraciones tributarias en la zona selva?
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El régimen especial se rige sobre todo por la Ley 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, y disposiciones complementarias como la Ley 27307 y normas de prórroga aprobadas por el Congreso.
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El objetivo declarado es promover el desarrollo económico, social y la inversión pública y privada en la Amazonía, incentivando actividades productivas como agropecuaria, acuicultura, pesca, turismo y manufactura de productos primarios de la zona.
Principales exoneraciones (IGV e IR)
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IGV: se exonera el Impuesto General a las Ventas en la venta de bienes destinados al consumo local en la Amazonía, la prestación de servicios dentro de la región y la venta de inmuebles por el constructor ubicados en la zona amazónica, siempre que el contribuyente esté ubicado en la región y cumpla los requisitos del régimen.
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Impuesto a la Renta: la Ley de Amazonía contempla una reducción de la tasa anual del Impuesto a la Renta para determinadas actividades desarrolladas en la zona amazónica (extracción, transformación, comercialización y servicios vinculados), condicionada a que la actividad se realice efectivamente en la región y con bienes producidos allí.
¿Quiénes se benefician de estas exoneraciones según la Ley de Amazonía?
El beneficio alcanza a las unidades de negocio instaladas en la zona amazónica (selva) que desarrollen actividades agropecuarias, de acuicultura, pesca, turismo y actividades manufactureras vinculadas al procesamiento, transformación y comercialización de productos primarios generados en la misma zona. El régimen ha ido ampliándose a nuevos distritos amazónicos mediante leyes específicas, por ejemplo la inclusión de distritos como Canayre y Samugari dentro de los alcances de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía.
CONCLUSIÓN:
Las exoneraciones tributarias en la Amazonía son una oportunidad importante, pero también un reto técnico para quienes llevan la contabilidad de las MYPE en la selva, porque deben distinguir con precisión operaciones gravadas, exoneradas y sujetas a reintegro para no perder beneficios ni recibir observaciones de la Sunat. Para estudiantes y contadores esto abre un campo de especialización atractivo, y para los empresarios supone apoyarse en un software contable, capaz de configurar el tipo de IGV según la Ley de la Amazonía, emitir comprobantes exonerados y generar reportes listos para declarar, de modo que la tecnología se convierta en aliada para cumplir la norma y aprovechar al máximo las exoneraciones.