Reglamento

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha introducido modificaciones significativas en el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta mediante la publicación del Decreto Supremo N.º 017-2025-EF. Entre los cambios más relevantes, se encuentra la redefinición del concepto de Exchange Traded Fund (ETF) para efectos de la inafectación del tributo sobre intereses y ganancias de capital provenientes de su enajenación. Esta modificación busca brindar mayor claridad respecto al tratamiento tributario de los ETF y su papel en los mercados financieros.

Modificación de la definición de Exchange Traded Fund (ETF)

El Decreto Supremo N.º 017-2025-EF modifica el artículo 8°-C del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, redefiniendo el concepto de ETF con base en ciertos aspectos contemplados en el artículo 184° del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV N.º 068-2010-EF/94.01.1. Con esta modificación, se establece que los ETF constituyen vehículos de inversión cuyas unidades de participación se encuentran listadas en bolsas de valores o mercados organizados y están respaldadas por una canasta de activos, de los cuales deriva su valor. Además, estos fondos tienen como objetivo replicar el desempeño de un índice o una canasta de activos determinada.

Esta redefinición tiene un impacto importante en la tributación, dado que la enajenación de valores que conforman o subyacen los ETF, así como la enajenación de sus unidades de participación, se encuentra inafecta del Impuesto a la Renta. De este modo, se otorga mayor seguridad jurídica a los inversionistas y se facilita la participación en estos instrumentos financieros.

Inafectación en el reglamento del Impuesto a la Renta

De acuerdo con la modificación introducida por el MEF, la enajenación directa o indirecta de valores que conforman o subyacen los ETF, así como la enajenación de unidades de participación de estos fondos bursátiles, gozará de inafectación del Impuesto a la Renta. Este beneficio responde a la necesidad de incentivar la inversión en instrumentos financieros diversificados y promover el desarrollo del mercado de capitales en el país.

Para efectos de la inafectación establecida en el numeral v. del inciso h) del tercer párrafo del artículo 18° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, se precisa que los ETF deberán estar construidos exclusivamente sobre la base de los instrumentos considerados en los numerales i. y ii. del referido inciso. Es decir, la composición de los ETF deberá cumplir con los criterios establecidos en la normativa vigente para gozar de este beneficio tributario.

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Creación y redención de unidades de participación en ETF

Otro aspecto relevante de la modificación reglamentaria es la precisión sobre el mecanismo de creación y redención de unidades de participación en los ETF. El decreto establece que este proceso se realizará fundamentalmente mediante la entrega de todos los valores y el efectivo que conforman la cartera del día. Esto garantiza una mayor transparencia en la gestión de los fondos y permite una mejor alineación entre el valor de los ETF y los activos que lo respaldan.

La nueva regulación también contribuye a la reducción de la incertidumbre fiscal para los inversionistas institucionales y particulares que operan con estos instrumentos financieros. Con ello, se busca consolidar la estabilidad y eficiencia del mercado de valores peruano, permitiendo que los ETF continúen siendo una opción atractiva para la diversificación de carteras de inversión.

Conclusión

La reciente modificación introducida por el MEF en el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta representa un avance significativo en la regulación de los ETF en el Perú. Al redefinir el concepto de estos instrumentos financieros y precisar su tratamiento tributario, se brinda mayor certeza jurídica a los inversionistas y se fomenta el crecimiento del mercado de valores. La inafectación del Impuesto a la Renta para la enajenación de valores subyacentes en los ETF y sus unidades de participación es una medida que alinea la legislación peruana con estándares internacionales, incentivando la inversión y la diversificación del portafolio de los contribuyentes.

Además, la precisión sobre el mecanismo de creación y redención de unidades de participación contribuye a mejorar la transparencia y la eficiencia del mercado de ETF. Esto permite a los inversionistas contar con una estructura más clara y predecible, lo que facilita la toma de decisiones de inversión.

En términos generales, esta modificación refuerza el compromiso del MEF con la modernización del marco regulatorio en materia tributaria y financiera, promoviendo un entorno de negocios más competitivo y atractivo para la inversión en el país. Con ello, se espera que el sector financiero peruano continúe su proceso de desarrollo y consolidación, ofreciendo nuevas oportunidades tanto para inversionistas locales como internacionales.

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By joseph

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