La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha emitido la Resolución de Superintendencia N.º 000007-2025/SUNAT, publicada el 14 de enero de 2025, que modifica el Reglamento del Régimen de Gradualidad aplicable a las infracciones del Código Tributario, aprobado por la Resolución N.º 063-2007/SUNAT.
Esta modificación se centra en la sanción de multa aplicable por la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario, que se refiere a la no presentación de la declaración que contiene la determinación de la obligación tributaria dentro del plazo establecido.
Los principales cambios introducidos son:
- Criterios de gradualidad: Se han ajustado los porcentajes de rebaja de la multa según la oportunidad de la subsanación y el pago. Por ejemplo, si el contribuyente subsana la infracción antes de ser notificado por la SUNAT, puede acceder a una rebaja del 100% de la multa. Si la subsanación es inducida, es decir, después de la notificación pero dentro de un plazo determinado, las rebajas varían entre el 90% y el 95%, dependiendo de si se realiza el pago correspondiente.
- Sujetos comprendidos: La modificación está dirigida a los deudores tributarios comprendidos en el Régimen General del Impuesto a la Renta, en el Régimen MYPE Tributario o acogidos al Régimen Especial del Impuesto a la Renta, cuyos ingresos netos anuales no superen las 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Es importante que los contribuyentes revisen detalladamente esta resolución para conocer los nuevos criterios y porcentajes de gradualidad aplicables, y así cumplir oportunamente con sus obligaciones tributarias, evitando sanciones o aprovechando las rebajas previstas en caso de infracciones.
Para más información, puede consultar el texto completo de la Resolución de Superintendencia N.º 000007-2025/SUNAT en el Diario Oficial El Peruano
https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2361255-1
Tratándose de sujetos que no hubieran realizado actividades generadoras de rentas de tercera categoría durante el ejercicio anterior, se considera que no han superado las 19 UIT.
deseo saber sobre gradualidad multas porque sunat me hace pagasr mucho