A partir del 01 de Enero de 2016, los Pricos que pertenezcan a la Intendencia Nacional y que hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 3000 UIT deberán llevar el Registro de Inventario Permanente Valorizado en formato electrónico.
- Libro Inventario y Balances Electrónico
Adicionalmente estarán obligados a llevar los libros y registros contenidos en el anexo 6.
Registro Inventario Permanente Valorizado
El Registro de Inventario Permanente Valorizado, es un registro auxiliar de carácter tributario, cuyo objetivo es llevar el control de las existencias, tanto en unidades físicas como en valores monetarias.
Forma de Llevado
La tercera disposición complementaria de la Resolución Superintendencia 169-2015, menciona que debe registrarse la información de manera semestral.
Adicionalmente, el primer semestre de Enero a Junio, y el segundo semestre de Julio a Diciembre.
¿El envío es de manera semestral?
Significa que cada 6 meses enviaras la información de cada periodo transcurrido. Por otra parte, el envió de las operaciones debe realizar por periodo (mes).
Plazo Máximo Atraso
El plazo máximo de atraso es de 3 meses, iniciando desde el primer día hábil del mes siguiente al semestre de realizadas las operaciones relacionadas con la entrada y salida bienes.
- Enero – Junio: Plazo máximo 01 de Octubre de 2021.
- Julio Diciembre: Plazo máximo 01 de Abril de 2022.
Excepción de llevado
Las empresas que llevan el Registro de Inventario Permanente Valorizado, estará exceptuado de llevar el Registro de Inventario de Unidades Físicas en concordancia con el artículo 13 de la Resolución Superintendencia 286-2009.
Los Generadores que se encuentren obligados a llevar este registro están exceptuados de llevar el Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas.
Estructura del Registro de Inventario Permanente Valorizado
Es importante conocer la estructura del Sub libro que conforman el registro de Inventario Permanente Valorizado

Código del Catálogo Utilizado
A partir del 01 de enero de 2021 es obligatorio solo para operaciones de entradas y salidas de mercaderías y productos terminados siempre que en el comprobante de pago electrónico se hubiere consignado el código internacional UNSPSC o GTIN.
¿Qué dato debe colocarse?
La información que debes colocar en campo 9 son dos opciones en base a la table 13:
- 1: NACIONES UNIDAS
- 3: GS1 (EAN-UCC)
Por lo tanto, este código será de uso obligatorio a parir del 01 de Enero de 2021
COMENTARIOS
Obligatoriamente tienes que usar un software que te automatice los registros y genere los archivos para el PLE SUNAT, visto de otra manera, habrá control de los inventarios, el cual siempre es suma importancia para efector comerciales y de control interno. Ten presente que los almacenes siempre están descuadrados, generalmente por falta de control detallado, por lo difícil que es el registro, pero con un buen software lo podemos tener todo bajo control. Para estos efectos recomiendo https://grupovisualcont.com/
Especialista en Economía, Negocios y Sistemas Tributarios