Dentro de las leyes laborales que rigen en el país, una de las consultas que suele hacerse respecto a las horas extras en Perú es cómo se pagan y cuál es el máximo permitido por ley.
Como sabes, el trabajo en sobretiempo, popularmente conocido como horas extras, es el tiempo laborado antes o después de la jornada ordinaria de trabajo.
En esta oportunidad, vamos a ver qué dice la ley respecto al pago de las mismas.
El sobretiempo es voluntario, tanto en su otorgamiento (por parte del empleador) como en su prestación (por parte del trabajador).No cabe que el empleador obligue al trabajador a laborar más allá de la jornada ordinaria ni que el trabajador pueda exigir al empleador continuar prestando servicios en horas extras, así como el pago por dicha labor.
Un punto importante es conocer a partir de qué momento se considera que el trabajo es en sobretiempo.
Según la ley, existe un máximo de horas diarias y semanales a trabajar, que se encuentra contemplado en el artículo 1° del Decreto Legislativo No. 854:
“La jornada ordinaria de trabajo para varones y mujeres mayores de edad es de ocho (8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) horas semanales como máximo. Se puede establecer por Ley, convenio o decisión unilateral del empleador una jornada menor a las máximas ordinarias…”
Además, este tiempo podrá ser menor si el patrono lo establece de esa forma.
Si luego decide extenderlo, deberá pagar las horas agregadas de manera proporcional.
El Decreto también faculta al empleador para ampliar o reducir las jornadas diarias de trabajo siempre y cuando se respete el límite máximo de horas establecidas.
Todos los cambios hechos al horario deben ser pactados con el trabajador y comunicados 8 días antes de ser puestos en vigencia.
Además, debes saber que el trabajo que se realiza de 10 de la noche a 6 de la mañana se considera horario nocturno y se paga con una sobretasa del 35%.
Es decir que para saber el valor de la hora nocturna se calcula así:
Salario / 30 / horas diarias de trabajo
CASO PRÁCTICO
Juana Torres labora en una empresa con sueldo mensual de 1,200 soles. Su jornada de trabajo es 8:00 am – 5:00 pm. El 21 de marzo Juana tuvo un registro de asistencia de la siguiente manera: 8:00 am – 9:00 pm.
Solución:
Como muchos sabrán, para el cálculo de horas extras, las dos primeras horas tienen un sobre tasa del 25% de la hora simple, a partir de la tercera hora hacia delante una sobre tasa del 35% de la hora simple.
Si la remuneración mensual de Juana es 1,200, eso significa que su valor hora es S/ 5.00 (1200 / 30 / 8).
El valor de la sobre tasa del 25% es 6.25 y el valor de la sobre tasa del 35% es 6.75.
El 21 de marzo Juana realizo 4 horas extras, 2 horas con una sobre tasa del 25% y 2 horas con una sobre tasa del 35%.
TRABAJADOR | SUELDO | VALOR HORA | TASA 25% | TASA 35% | |
Juana Torres | 1200 | S/. 5.00 | S/. 6.25 | S/. 6.75 | |
Horas Extras | 2 | 2 | |||
Monto | S/. 12.50 | S/. 13.50 | S/. 26.00 |
Por lo tanto el valor de las horas extra es: S/ 26.00