¿EN QUE CASO ES POSIBLE QUE UN TRABAJADOR SIN VACUNACION LABORE PRESENCIALMENTE?
Ante la pandemia generada pr el COVID 19 , el Gobierno ha decretado diversas medidas para la protección de la salud y la vida de las personas . Asi , mediante el Decreto Supremo N° 179 -2021 –PCM (09/12/2021) estableció que a partir del 10 de diciembre del 2021 ,toda persona que labore de forma presencial, deberá acreditar su esquema completo de vacunacin contra el COVID 19 , siendo validaas las vacunaciones administradas tanto en el Peru como en el extranjero
En tal sentido ,la norma PROHIBE QUE LOS TRABAJADORES SIN ESQUEMA COMPLETO DE VACUNACION PUEDAN REALIZAR ACTIVIDADES LABORALES DE FORMA PRESENCIAL
1.Consecuencias de no contar con el esquema completo de vacunación
En caso de que los trabajadores del Sector Privado no cuenten con el esquema completo de vacunación , deben considerarse las siguientes reglas :
Reglas aplicables a los trabajadores no vacunardos
- Como primer alternativa: deberán prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto
- Como segunda alternativa: cuando la naturaleza de las labores no sea compatible con el trabajo remoto , se entenderá producido el supuesto de suspensión del contrato de trabajo ,sin goce de haberes , salvo que las partes acuerden la suspensión imperfecta del vínculo laboral (licencia con goce de haberes)
- Excepcion a las reglas señaladas
Mediante la Resolucion Ministerial N°1302-2021 / MINSA (15/12/2021) , se dispone que ,excepcionalmente , durante un plazo máximo de 30 dias calendarios contados a partir del 16 de diciembre del 2021 ( fecha de entrada en vigencia de la Resolución ) , pueden seguir laborando presencialmente los trabajadores de la actividad privada que no cuenten con el esquema completo de vacunación , cuya naturaleza de las labores no sea compatible con el trabajo remoto
Por lo tanto, en efecto , es posible que los trabajadores no vacunados realicen trabajo de forma presencial hasta el próximo 14 de enero del 2022 , siempre que laboren en un puesto de riesgo bajo de exposición y los servicios sean prestados en espacios al aire libre
Si no se reúnen ambas características mencionadas, el empleador puede optar por el otorgamiento de una licencia sin goce de haber al trabajador, lo que genera la suspensión perfecta de la relación laboral
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