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Introducción

El Perú continúa dando pasos importantes hacia la reparación de una deuda histórica con miles de trabajadores que fueron cesados de manera irregular durante las décadas pasadas. Con 54 votos a favor, 2 en contra y 27 abstenciones, el Pleno del Congreso de la República aprobó, en segunda votación, el dictamen que agrupa los proyectos de ley 6303, 7101 y 7233, iniciativa que viabiliza la ejecución actualizada de los beneficios económicos a los extrabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente (RNTCI). Esta medida representa un hito significativo en la lucha por la justicia laboral y el reconocimiento de derechos vulnerados.

En este artículo abordaremos en profundidad el contexto de esta ley, su base legal, las implicancias del nuevo cálculo de compensación, el procedimiento previsto, así como el impacto que esta medida tendrá en miles de extrabajadores peruanos que, luego de décadas de espera, podrían finalmente obtener una reparación económica justa.


¿Qué es el RNTCI?

El Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente (RNTCI) fue creado por la Ley N.° 27803, promulgada en el año 2002, como respuesta a una problemática nacional generada durante las décadas de 1990 y 2000: el despido arbitrario y masivo de trabajadores del sector público y privado, muchas veces sin respetar el debido proceso ni las garantías laborales establecidas por ley.

Estos ceses fueron ejecutados con frecuencia en el marco de procesos de reestructuración institucional, programas de racionalización de personal o supuestas ineficiencias administrativas. Sin embargo, en muchos casos, los despidos se llevaron a cabo vulnerando derechos fundamentales de los trabajadores. La Ley 27803 reconoció dicha situación e instituyó un procedimiento para el reconocimiento y reparación de estos extrabajadores, a través de su inscripción en el RNTCI, lo que les daba acceso a tres beneficios posibles:

  1. Reincorporación laboral en el sector público.

  2. Acceso a programas de capacitación y reconversión laboral.

  3. Compensación económica por cese irregular.


Evolución normativa: leyes que sustentan esta medida

La reciente aprobación del Congreso no surge de manera aislada, sino que se enmarca en una evolución legislativa que se ha ido consolidando en los últimos 20 años. Estas son las principales normas que sustentan la actual decisión parlamentaria:

  • Ley N.° 27803 (2002): Establece beneficios a favor de los trabajadores cesados irregularmente, creando el RNTCI.

  • Ley N.° 29059 (2007): Amplía el alcance de la Ley 27803 e incorpora a nuevos trabajadores en el proceso de revisión.

  • Ley N.° 30484 (2016): Permite que se revisen los expedientes de aquellos extrabajadores que fueron excluidos o cuyas solicitudes fueron desestimadas.

  • Ley N.° 31218 (2021): Reabre el proceso de revisión de los casos de los trabajadores que se acogieron a la Ley 30484 y autoriza expresamente la ejecución de beneficios a favor de los inscritos en el RNTCI.

  • Proyecto unificado (2025): Resultado de los proyectos 6303, 7101 y 7233, aprobado por el Congreso en segunda votación, el cual autoriza al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) a realizar el cálculo actualizado de la compensación económica.


¿Qué implica la nueva ley aprobada?

Compensación económica actualizada

Uno de los puntos más importantes del nuevo texto legal es que establece que el cálculo de la compensación económica para los extrabajadores se actualizará tomando como base la Remuneración Mínima Vital (RMV) vigente al momento del pago efectivo.

Esto representa un cambio sustancial respecto al marco normativo anterior, que utilizaba como base de cálculo la RMV vigente al momento del registro o en el momento del reconocimiento del beneficio, lo cual muchas veces resultaba en montos muy por debajo del valor actual del dinero.

Con esta nueva norma, se garantiza que el beneficio económico sea justo y ajustado a las condiciones socioeconómicas actuales, evitando una compensación simbólica que no refleje el daño real sufrido.

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¿Cómo se calculará la compensación económica?

Si bien el reglamento específico del cálculo será elaborado por el Ministerio de Trabajo, el principio aprobado por el Congreso es claro: la RMV vigente al momento del pago será el punto de partida. A mayo de 2025, la RMV en el Perú asciende a S/ 1,025.00, y se espera que este monto sirva de base para el cálculo.

El beneficio económico dependerá de varios factores, entre ellos:

  1. Antigüedad del trabajador en el cargo cesado.

  2. Tiempo de aportes al sistema público de empleo.

  3. Condiciones del despido y si hubo vulneración del debido proceso.

  4. Normas vigentes al momento del cese.


¿Quiénes son los beneficiarios?

Los beneficiarios de esta compensación son todos aquellos extrabajadores del sector público o privado que se encuentran inscritos en el RNTCI, tras haber cumplido los procedimientos establecidos en las leyes mencionadas (27803, 30484, 31218, entre otras).

No se trata de nuevos casos, sino de expedientes ya reconocidos por el Estado como ceses irregulares. La norma no reabre procesos de evaluación, sino que se limita a actualizar los beneficios económicos a los extrabajadores ya registrados y calificados.


Declaraciones y respaldo político

Durante el debate parlamentario, el congresista Juan Burgos Oliveros (PP), secretario de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, destacó que se trata de una deuda histórica con miles de peruanos que llevan décadas esperando justicia.

“Se trata de peruanos cesados irregularmente hace muchas décadas, que todavía siguen luchando por sus derechos. Esta norma es una herramienta concreta para hacer justicia laboral”, sostuvo Burgos.

Por su parte, el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana Cavides, señaló que esta norma no crea nuevos derechos, sino que da cumplimiento a leyes que ya fueron aprobadas en el pasado:

“Se trata de dar cumplimiento a leyes ya expedidas por el Congreso. Lo que se está haciendo es actualizar y disponer que lo que ya está señalado en normas anteriores se cumpla”.

Además, legisladores como Katy Ugarte Mamani (BMCN), Guido Bellido Ugarte (PP) y Pasión Dávila Atanacio (BS) respaldaron con firmeza la iniciativa.


¿Qué pasos deben seguir los extrabajadores?

  1. Verificar su inscripción en el RNTCI: El primer paso es confirmar que el trabajador se encuentra correctamente registrado en el listado oficial del Ministerio de Trabajo.

  2. Esperar reglamento y directiva del MTPE: El Ministerio emitirá próximamente la reglamentación que detalle el proceso de cálculo, solicitud y pago de la compensación económica.

  3. Presentar solicitud si es necesario: Si la directiva lo exige, los extrabajadores deberán presentar una solicitud de actualización de beneficio o seguir un procedimiento administrativo para viabilizar el pago.

  4. Mantenerse informados a través de los canales oficiales: El MTPE y las Direcciones Regionales de Trabajo serán los órganos encargados de comunicar las etapas del proceso.


Impacto social de la medida

Este nuevo marco normativo representa no solo una compensación económica, sino una reivindicación moral para miles de familias que se vieron afectadas por decisiones arbitrarias del Estado o de empresas privadas que vulneraron sus derechos laborales.

Muchos de estos extrabajadores quedaron excluidos del mercado laboral formal, sin posibilidad de reinserción ni jubilación, afectando gravemente su economía y bienestar. Otros fallecieron sin haber recibido reparación alguna, quedando el beneficio pendiente para sus herederos.

La norma aprobada también tiene una dimensión simbólica: el Estado reconoce su error y actúa en consecuencia, algo que fortalece la institucionalidad democrática y la confianza en los mecanismos de justicia laboral.


Retos de implementación

Si bien la aprobación legislativa es un avance significativo, existen desafíos importantes que deben ser enfrentados:

  • Presupuesto asignado: Se requerirá una asignación especial en la Ley de Presupuesto del Sector Público para financiar estos pagos.

  • Capacidad administrativa del MTPE: El Ministerio deberá implementar un sistema ágil, transparente y eficiente para el cálculo y desembolso de las compensaciones.

  • Prevención de errores y duplicidades: Es clave asegurar que los pagos se realicen correctamente, sin beneficiar a personas no inscritas ni generar dobles beneficios.

  • Seguimiento parlamentario: El Congreso deberá fiscalizar el cumplimiento efectivo de la norma aprobada.


Conclusión

La aprobación de esta ley constituye un acto de reparación histórica y justicia laboral, largamente esperado por miles de extrabajadores peruanos que fueron víctimas de ceses irregulares. Gracias a esta norma, el Perú reconoce el valor del trabajo y la necesidad de respetar los derechos fundamentales de los trabajadores.

La actualización de la compensación económica en base a la RMV vigente no solo tiene un impacto tangible en la vida de las personas afectadas, sino que también sienta un precedente positivo para futuras políticas públicas de reparación y justicia social.

A medida que se implementen las directivas correspondientes, será fundamental que los beneficiarios estén atentos y bien informados para hacer valer sus derechos. La deuda histórica comienza a saldarse, pero aún queda camino por recorrer para lograr una reparación total.

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2 thoughts on “¿Fuiste cesado por despido irregular? Congreso aprueba compensación actualizada – Conoce tus derechos si estás inscrito en el RNTCI”
  1. Soy uno de los beneficiarios incluido en el RNTCI. Relación publicada en 2023. Han pasado más de dos años y hasta ahora no se nos paga la compensación económica que elegimos.
    En su excelente y muy didáctico artículo señalan que el Estado de esa manera “salda una deuda histórica”
    que no tiene cuando saldar, agregamos nosotros. Porque justicia que tarda, no es justicia.
    Concluimos nosotros que somos beneficiarios en el papel pero perjudicados en la práctica, que el Estado peruano en todos sus estamentos que deben actuar, es ineficiente y no cumple el mandato de la Ley.
    Muchas gracias por permitirme expresarme.

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