analizando informe

Definiciones generales y antecedentes del  programa de libros electrónicos – PLE 5.2.0.2

Captura 16 6

¿Qué es el Sistema de Libros Electrónicos  PLE?

El Programa de Libros Electrónicos es un aplicativo desarrollado  por la SUNAT que se instala en la computadora del contribuyente  y permite generar el libro electrónico.

Fue creado con la finalidad de facilitarle su obligación en el  llevado de libros, registros contables y tributarios y generarle  ahorros, en tiempo y dinero, al eliminar gastos relacionados con  la legalización, impresión, almacenamiento y seguridad que  representa cumplir dicha obligación mediante el uso del papel.  Llevando sus libros de manera electrónica mejora la  competitividad de su empresa y también ayuda a la protección  del medio ambiente

Obligatoriedad por tus ingresos mensuales: Al 1 de enero de cada año, tienes que verificar si tus ingresos mensuales declarados a la  Sunat en determinado periodo son iguales o mayores a 75 UIT. El periodo a evaluar es desde mayo del año precedente (antes del  año anterior) hasta el mes de abril del año anterior. La UIT que debes considerar para hacer el cálculo es la del año que precede al  anterior.

Captura 18 6

Obligatoriedad por tu actividad de exportación: A partir de enero de 2018,  estás obligado a llevar tu Registro de ventas y Registro de compras si hiciste al  menos una operación de exportación en el período del 1 de setiembre de  2017 al 1 de enero de 2018 y te encuentres en el Régimen General, Régimen  MYPE y Régimen Especial. En adelante, esta obligación está vigente desde el  primer día del mes siguiente a la fecha en que realizas tu primera exportación.  Por ejemplo: si realizaste tu primera exportación el 13 de noviembre de 2019,  estarás obligado a partir del 1 de diciembre de 2019 a llevar tu Registro de  ventas e ingresos y Registro de compras de manera electrónica.

Obligatoriedad por ser designado como principal contribuyente: Son los  designados por la SUNAT como principal contribuyente a partir del primer día  calendario del cuarto mes siguiente al que entra en vigencia la Resolución que  lo designa como tal

¿Cómo determinar a un obligado electrónico?

Captura 20 6

Para esto debes sumar las siguientes casillas:

  • Las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621.
  • La casilla 100 del Formulario Virtual Nº 621.

Captura 21 4

Nota importante:

  • La UIT aplicable es del año precedente al anterior al del inicio de la obligación.
  • Se considerarán los montos declarados en las casillas 100,105,106,109,112 y 160 del PDT 621 y/o la casilla 100 del Formulario Virtual 621.
  • Se toman en cuenta las rectificatorias que hayan surtido efecto al 31 de mayo del año anterior al del inicio de la obligación.

EJEMPLOS

  • ¿Obligación de llevar libros electrónicos para el 2020?
    2018 2019 2020

    UIT 2018 = S/.4,150

    75 UIT = S/.311,250

  • ¿Obligación de llevar libros  electrónicos para el 2021?
    2019 2020 2021

    UIT 2019 = S/.4,200

    75 UIT = S/.315,000

  • ¿Obligación de llevar libros electrónicos para el 2022?
2020 2021 2022

UIT 2020 = S/.4,300

75 UIT = S/.322,500

  • ¿Obligación de llevar libros  electrónicos para el 2023?
    2021 2022 2023

    UIT 2021 = S/.4,400

    75 UIT = S/.330,000

  • SOWTWARE DE CONTABILIDAD

En relación a las casillas:

Captura 22 5

Para esto debes sumar las siguientes casillas:

  • Las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621.
  • La casilla 100 del Formulario Virtual Nº 621.

Resumen de los Sujetos que llevan Libros  ElectrónicosCaptura24

Funcionalidades del PLE

Captura 25 4

Consideraciones para las anotaciones  en el PLE:

  • Debe anotar las operaciones que correspondan en el Libro Electrónico a partir del mes por el cual fue incorporado, obligado o se afilió  voluntariamente.
  • Debe cerrar el Libro y/o Registro llevado en forma física (manual o en hojas sueltas o continuas) correspondiente al mes anterior al Libro Electrónico  por el cual se generó el primer envío del Resumen.
  • El envío del Resumen, que se produce automáticamente con la generación del Libro Electrónico, deberá efectuarse una sola vez luego de haber  finalizado el mes o ejercicio.
  • Debe presentarse ante la SUNAT la información de los comprobantes de pago que determinan el débito fiscal y dan derecho al uso del crédito fiscal; que se anotaran en el RVI y en el RC, la que se entenderá cumplida con la generación del ͞Resumen Facturas, N/C, N/D, Tickets y Recibos de Servicios  (que tienen asociados un RUC)

Ejemplo de un Registro de  Ventas Electrónico

Estructura del  Registro de Ventas Captura26

Anotación en el Registro de Ventas  Electrónico

Captura 27 3

Rectificación de Registro de Ventas e  Ingresos Electrónico

Captura 28 4

Ejemplo de un Registro de  Compras Electrónico

Estructura del  Registro de compra

Captura 30 3

Anotación del Registro de Compras  Electrónicos

Captura 31 4

Ejemplo de un Libro Diario  Electrónico

Captura 33 3

Captura 34 5

Del PLE (Programa de Libros Electrónicos)  al SIRE (RVIE-RCE)

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000112-2021/SUNAT

Captura 35 3

Captura 37 2

MUNDO SIRE (RVIE – RCE)

Captura 38 3

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