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Una persona nos consulta: En el caso de una persona natural con negocio(ruc 10) acogida al Régimen Especial del Impuesto a la Renta-RER que requiere aportar a ESSALUD para acceder a los beneficios de salud, nos consulta si puede ingresar a su propia planilla y realizar aportes mensuales.

Respuesta: Una persona natural con negocio no puede ingresar a su propia planilla a menos que cuente con un trabajador adicional y además la persona natural con negocio se inscriba en el Remype como conductor de Micro Empresa.

¿Por qué no puedo ingresar a planilla si soy el único dueño y trabajador?

Al ser el único dueño y trabajador no existe relación laboral y por lo tanto no se cumple con los requisitos que establece la norma laboral, veamos lo que menciona el Decreto Supremo 003-97-TR TUO del Decreto Legislativo Nº728:

“Artículo 37.- En toda prestación de servicios remunerados y subordinados se presume, salvo prueba en contrario, la existencia de un contrato de trabajo por tiempo indeterminado”

“Artículo 38.- Los servicios para ser de naturaleza laboral, deben ser prestados en forma personal y directa sólo por el trabajador como persona natural. No invalida esta condición que el trabajador pueda ser ayudado por familiares directos que dependan de él, siempre que ello sea usual dada la naturaleza de las labores.”

Por otro lado la Ley de Modernización en Seguridad Social Ley 26790 señala lo siguiente:

“Son asegurados obligatorios del seguro social de Salud, los trabajadores activos que laboran bajo relación dependencia y subordinación…”

¿Cuál es la solución alternativa para que una persona natural con negocio pueda realizar aportes y estar asegurado en ESSALUD?

Lo que se debe de realizar previamente es inscribir al RUC de la persona natural en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa(REMYPE) para ello debe de contar con al menos un trabajador adicional ya que el mismo dueño no cuenta como trabajador para el registro en el REMYPE.

Si necesitas saber como registrar tu negocio en el REMYPE en el siguiente video te explicamos paso a paso como realizar tu registro.

¿Qué consecuencias se pueden dar para la persona natural que se registra en su planilla a si misma y realiza aportes a ESSALUD?

El problema que va a tener es que ESSALUD le va a desconocer la calidad de asegurado y no va a recibir atención y si la recibe posteriormente ESSALUD le va a cobrar los gatos generados ya que puede iniciar un procedimiento de baja de oficio al asegurado por no cumplir con los requisitos legales para su aseguramiento en ESSALUD.

¿Qué sucede si requiero asegurar a mis familiares que trabajan en mi negocio?

Para que pueda asegurar a sus familiares trabajadores en su negocio primero debe de realizar su registro en el REMYPE y además debe de contar con el contrato de trabajo respectivo, también será necesario que cuente con su control de asistencia ya que ESSALUD puede iniciar verificaciones de oficio y comprobar si los trabajadores laboran realmente en la empresa.

Recomendaciones finales: 

  • Para no tener inconvenientes en este tipo de casos es mejor constituir una persona juridica, SAC; SRL; EIRL
  • Si se contrata a familiares se debe contar con los documentos necesarios para demostrar que trabajan en la empresa(boletas de pago, controles de asistencia, correos)
  • SOWTWARE DE CONTABILIDAD

COMENTARIOS

Asimismo, la relación de subordinación en temas laborales se presenta cuando existe de por medio un contrato de trabajo, donde por medio de acuerdos de voluntades entre el trabajador y el empleador se dispone a prestar sus habilidades a cambio de una remuneración.
De igual manera, mediante informe N.º 095-2004-SUNAT/2B0000 la SUNAT señala lo siguiente:

En efecto, de la norma citada puede colegirse que a fin de establecer la existencia de subordinación en la relación jurídica, el empleador deberá necesariamente contar con las siguientes facultades: normativa o REGLAMENTARI1, DIRECTRIZ2 y DISCIPLINARIA3; ninguna de las cuales conlleva a afirmar que los elementos de exclusividad y/o permanencia en la prestación de los servicios sean características determinantes de la existencia de subordinación.

De acuerdo a la información proporcionada en su consulta, podemos llegar a concluir que en su caso específico no existe una relación de subordinación, puesto que en una persona natural con negocio quien no cuenta con trabajadores, pero esta se ha puesto en su propia planilla como tal, no se podría establecer que existe un trabajador y un empleador quien cuente con las facultades reglamentarias, directrices y disciplinarias. En este último caso en la eventual circunstancia que el “trabajador” incurra en falta grave o leve ¿quién sancionaría a quién?, si solamente hay una persona. Resulta totalmente risueño pensar que en el caso de que la persona natural con negocio quien se ha puesto en planilla sea al mismo quien se establezca una sanción, es decir, es absurdo pensar que esta misma persona tenga las calidades de sancionador y al mismo tiempo ser el sancionado.

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One thought on “¿Puede una persona natural con negocio estar en su propia planilla de trabajadores y aportar a EsSalud?”
  1. Excelente información.. tengo una consulta, espero puedan ayudarme, en el caso de una EIRL, como titular-gerente y único dueño/trabajador, es obligatorio ingresar a planilla?

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