Según El Peruano, más de 220 mil personas en Perú trabajan bajo la modalidad de teletrabajo. De acuerdo con la Ley del Teletrabajo (Ley N°31572), esta modalidad implica el desempeño subordinado sin presencia física en el lugar de trabajo, manteniendo un vínculo laboral mediante plataformas digitales. El teletrabajo es voluntario y reversible, pudiendo ser temporal o permanente, total o parcial. Permite flexibilidad en la distribución del tiempo laboral y puede realizarse tanto dentro como fuera del país. No obstante, el lugar de trabajo debe cumplir con las condiciones digitales y de comunicación necesarias, según el artículo 11 de la ley.
Sobre la Ley del Teletrabajo
Pese a que existía una Ley del Teletrabajo establecida en 2013 en Perú, esta fue derogada por una nueva ley promulgada en 2022. La nueva legislación del teletrabajo entró en vigencia el 12 de septiembre de 2022, y se otorgó un plazo de sesenta días para su adecuación. Con esta nueva ley, se establecen las regulaciones y disposiciones actualizadas para el teletrabajo en el país, buscando adaptarse a las necesidades y realidades actuales tanto de empleadores como de trabajadores. Es importante tener en cuenta estas modificaciones legales para garantizar el cumplimiento adecuado de las normas vigentes en materia de teletrabajo en Perú.
¿Qué dicen las nuevas disposiciones de la Ley del Teletrabajo en Perú?
A partir del 28 de abril de 2023, entra en vigor el nuevo marco normativo del teletrabajo, lo que implicó que los empleadores tuvieran plazo hasta el 27 de abril para informar a sus trabajadores sobre la modalidad laboral bajo la cual se desempeñarán. A partir de esa fecha, los empleados tienen la posibilidad de solicitar a sus superiores la aplicación del teletrabajo, acogiéndose a las nuevas disposiciones de la Ley del Teletrabajo. Una vez realizada esta solicitud, los empleadores disponen de un plazo de 10 días para brindar una respuesta a sus empleados, y en caso de negativa, es fundamental que se sustente adecuadamente dicha decisión.
Respecto a los cambios más relevantes en la Ley, actualmente el teletrabajo permite al trabajador elegir su lugar de trabajo, pero debe notificar cualquier cambio al empleador. Además, esta modalidad laboral se establece de manera voluntaria y no puede ser aplicada de forma arbitraria o injustificada. Además, se otorga prioridad al personal vulnerable para acceder a ella. Es importante destacar que el acceso a documentos, comunicaciones y grabaciones requiere el consentimiento del teletrabajador, y cualquier captación o grabación debe serle informada previamente. Asimismo, el ingreso al domicilio del trabajador sólo se permite con autorización, a excepción de verificaciones laborales. Finalmente, la empresa es responsable de capacitar al teletrabajador, cubrir los gastos y proporcionar las herramientas necesarias para el teletrabajo, o compensar económicamente de acuerdo a los valores establecidos en el reglamento.
Sin embargo, la obligación de compensación no es aplicable para las Micro y Pequeña empresa inscrita en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) salvo acuerdo expreso en contrario.
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¿Cuáles son las sanciones por incumplir con lo establecido en la nueva Ley del Teletrabajo?
Las infracciones al reglamento se dividen en tres categorías: leves, graves y muy graves, y conllevan multas sancionadas que varían en su monto. En el caso de las infracciones leves, las multas pueden oscilar entre S/1,287 y S/76,824. Dentro de este grupo se incluyen situaciones como la omisión de información mínima requerida en el contrato o acuerdo de cambio de modalidad de trabajo. En cuanto a las infracciones graves, las multas van desde S/7,771.50 hasta S/129,294. Estas incluyen acciones como la falta de sustento o una evaluación objetiva ante una solicitud de cambio de modalidad de trabajo, así como la negativa injustificada del empleador de permitir al teletrabajador elegir el lugar de realización de sus labores, salvo que dicho lugar carezca de condiciones digitales y sanitarias adecuadas para el trabajo.
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