¿Qué cambios habidos en los comprobantes de pago de contingencia?
Múltiples cambios, pero hoy te voy a explicar uno muy importante normado mediante la Resolución de Superintendencia 113-2018.
En primer lugar, debemos aclarar que esta modificación solo aplica para las empresas que han sido designadas emisores electrónicos.
Comprobantes de Pago Emitido en Contingencia
Los comprobantes de pago en contingencia son emitidos por un emisor electrónico que no ha podido emitir un comprobante electrónico, motivado por causas no imputables a él.
Por otra parte, los comprobantes de pago impresos autorizados antes del 01/09/2018 solo se podrán utilizar hasta el 31 de octubre de 2018.
La única excepción a esta regla es para los emisores electrónicos itinerante que puede utilizar hasta el 31 de marzo de 2019.
¿Qué hago con los comprobantes de pago impresos que me sobran?
Debemos dar de baja los comprobantes de pago impresos mediante clave sol.
¿Qué hago luego de dar de baja mis comprobantes de pago impresos?
Muy fácil. Tienes que solicitar nuevos comprobantes de pago impresos con las nuevas características.
¿Qué pasa si he entregado comprobantes de pago en contingencia con los antiguos modelos que tenía?
Respondiendo tu pregunta, bajo dicho supuesto tenemos un problema, la norma menciona:
Los comprobantes de pago emitidos sin observar dichas condiciones NO TENDRÁN EFECTO TRIBUTARIO, es decir no darán derecho a crédito fiscal y a costo y/o gasto.
¿Cómo realizo el envío de Comprobantes de Contingencia?
En primer lugar, definamos que es un comprobante de contingencia. Un comprobante de contingencia lo emite una empresa designada como emisor electrónico.
Este comprobante de pago se emite de forma excepcional, cuando el emisor electrónico no puede emitir un comprobante de pago electrónico.
Adicionalmente, es un comprobante de pago físico valido que sustenta una operación.
¿Cómo hago el envió de comprobantes de contingencia?
Depende, del sistema de emisión electrónica que ha elegido la empresa para emitir sus comprobantes de pago electrónicos.
- SEE-SOL: Se envía a través de clave sol.
- SEE-SFS: se envía a través del Facturador Sunat.
- SEE-DEL CONTRIBUYENTE: se envía a través del mismo sistema del contribuyente.
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Como Registrar Comprobantes de Contingencia
Para registrar un comprobante de contingencia primero debemos tener claro el sistema de emisión electrónica.
¿Cuál es el plazo para Registrar Comprobantes de Contingencia?
El plazo es de siete días calendarios contando desde el día siguiente calendario de la fecha de emisión.
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