El sistema de seguridad social en salud en el Perú a favor de los trabajadores permite que las prestaciones brindadas por EsSalud puedan complementarse con planes y programas otorgados por las Entidades Prestadoras de Salud (EPS), privadas y/o públicas, creadas al amparo de la Ley Nº 26790, otorgando al empleador que asuma parte o toda la retribución a la EPS, un crédito contra EsSalud, aspecto respecto del cual recientemente se ha modificado la versión de la Plame para incorporar el valor de la UIT utilizado como un límite.
CASUISTICA
Una empresa, con el fin de posibilitar una mejor atención médica a sus 6 trabajadores en actividad, suscribe una póliza de seguros con una entidad prestadora de salud (EPS) en el mes de enero del 2022, asumiendo el 100 % del costo en forma mensual.
¿Cuál es el tratamiento a seguir, si se sabe que la EPS emite una factura por la aportación del mes de enero por el importe de S/ 2,200.00 (más IGV)?
Datos adicionales:
– Remuneración total en el mes: S/ 78,950.00
– Aporte a Es Salud del mes: S/ 7,105.50
– Retención de 5ta: S/ 6,860.50
– Trabajadores beneficiados: seis (6)
– El personal se encuentra afiliado al sistema nacional de pensiones (SNP)
Solución:
Se trata del contrato de una póliza de seguro en salud a través de una EPS, y el costo es asumida en su totalidad por la empresa, por tal motivo, se obtiene un crédito contra el aporte a EsSalud que realiza la empresa por ser una contribución de cuenta propia.
I. ASPECTO LABORAL Y REGISTRO CONTABLE
Al asumir la empresa el costo de la póliza por la cobertura de salud, mediante servicios propios de EsSalud o a través de planes o programas de salud contratados por la EPS, tienen derecho a una reducción en el pago del aporte a EsSalud que debe efectuar.
- Límites del beneficio permitido
La reducción del pago a EsSalud obtenido como beneficio por asumir la cobertura de una póliza de seguros con una EPS consiste en un crédito respecto de las aportaciones a EsSalud relacionado con los trabajadores en actividad beneficiados.
El crédito al que se refiere el párrafo anterior será equivalente al veinticinco por ciento (25 %) de los aportes a EsSalud, correspondiente a los trabajadores que gocen de la cobertura ofrecida por la entidad empleadora.
- Póliza de cobertura con la EPS
Según el contrato de póliza se tiene que en el mes de enero se emitió la factura por los siguientes conceptos:
– Cobertura : S/ 2,200.00
– Mas: IGV : 396.00
Total : S/ 2,596.00
- Registro contable
Registramos el servicio recibido amparado en la factura de la EPS del mes de enero del 2022:
ASIENTO CONTABLE
——————————x—————————— | ||||
62 | Gastos de personal y directores | 2,200.00 | ||
627 | Seguridad, previsión social y otras contribuciones | |||
6275 | Seguros particulares de prestaciones de salud – EPS y otros particulares | |||
62751 | EPS | |||
40 | Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema público de pensiones y de salud por pagar | 396.00 | ||
401 | Gobierno nacional | |||
4011 | Impuesto general a las ventas | |||
40111 | IGV – Cuenta Propia | |||
46 | Cuentas por pagar diversas | 2,596.00 | ||
469 | Otras cuentas por pagar diversas | |||
4699 | Otras cuentas por pagar | |||
46991 | EPS | |||
X/X | Provisión, Factura N°….,EPS del mes de enero del 2022. | |||
——————————x—————————— |
- Provisión de las remuneraciones del mes de enero del 2022
Respecto de la planilla del mes de enero 2022 se deberá efectuar el siguiente asiento:
—————————-x—————————- | |||||
62 | Gastos de personal y directores | 86,055.50 | |||
621 | Remuneraciones | ||||
6211 | Sueldos y salarios | 78,950.00 | |||
627 | Seguridad, previsión social y otras contribuciones | ||||
6271 | Régimen de prestaciones de salud | 7,105.50 | |||
40 | Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema público de pensiones y de salud por pagar | 24,229.50 | |||
401 | Gobierno nacional | ||||
4017 | Impuesto a la renta | ||||
40173 | Renta de quinta categoría | 6,860.50 | |||
403 | Instituciones publicas | ||||
4031 | ESSALUD | 7,105.50 | |||
4032 | ONP | 10,263.50 | |||
41 | Remuneraciones y participaciones por pagar | 61,826.00 | |||
411 | Remuneraciones por pagar | ||||
4111 | Sueldos y salarios por pagar | 61,826.00 | |||
x/x | Provisión de la planilla, mes de enero del 2022. | ||||
—————————-x—————————- |
- Crédito contra el aporte a EsSalud
Luego de registrar la póliza de cobertura de la EPS y de la planilla de remuneraciones del mes de enero del 2022, debemos determinar el beneficio obtenido como crédito especial contra el pago a EsSalud (9 %) que realiza la empresa como aporte por cuenta propia.
- Monto determinado como crédito
Se toma como referencia el aporte de EsSalud que provisionó la empresa en el periodo a declarar y los datos referenciales a ser tomados en cuenta para los límites requeridos en este tipo de beneficio:
– Planilla de los trabajadores afiliados : S/ 78,950.00
– 9 % aporte de la empresa EsSalud : S/ 7,105.50
– Crédito (25 % de S/ 7,105.50) : S/ 1,776.38
Una vez hallado el límite a ser tomado como crédito en función del aporte de la empresa de EsSalud, verificamos los otros límites requeridos y comparamos según el cuadro siguiente:
Concepto |
Crédito (25%) |
Limites |
Importe destinado a la cobertura asumida por la empresa (Factura) |
1,776.38 |
2,200.00 |
10 % de la UIT x número de trabajadores afiliados: S/ 460 x 6 trabajadores |
1,776.38 |
2,760.00 |
* UIT Periodo 2022 es S/ 4,600.00
De acuerdo al cuadro anterior, se tiene lo siguiente:
- El importe de 25 % (S/ 1,776.38) es menor que el importe de la cobertura asumida por la empresa (S/ 2,200.00) sin IGV.
- El 10 % de la UIT multiplicado por el número de trabajadores (6) que gocen de la cobertura asciende a S/ 2,760.00, siendo un importe mayor al 25 % de la contribución a EsSalud a cargo de la empresa.
En consecuencia, procede la aplicación del crédito por el importe de S/ 1,776.38.
- Registro contable
ASIENTO CONTABLE
—————————x————————— | ||||
40 | Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema público de pensiones y de salud por pagar | 1,776.38 | ||
403 | Instituciones publicas | |||
4031 | ESSALUD | |||
62 | Gastos de personal y directores | 1,776.38 | ||
627 | Seguridad, previsión social y otras contribuciones | |||
6271 | Régimen de prestaciones de salud | |||
x/x | Ajuste del aporte a EsSalud, por crédito de la EPS. | |||
—————————x————————— |
II. PLANILLA MENSUAL DE PAGOS – PLAME
A través de la Resolución de Superintendencia Nº 000016-2022/SUNAT2, se aprobó una nueva versión del PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual Nº 0601 – Versión 4.0, por lo que antes de ingresar los datos de la planilla del mes de enero del 2022 a la Plame, debemos verificar que se haya efectuado la descarga de dicha versión.
Una vez actualizada la Plame v.4.0, se visualiza las novedades de la nueva versión, según se observa a continuación:
- Registro del crédito de la EPS en la Plame:
Una vez determinado el importe del crédito contra el pago a EsSalud por consecuencia de suscribir una póliza con una EPS a favor de los trabajadores, se sigue el procedimiento siguiente:
a) En la ventana Determinación de la deuda, en la columna EsSalud Seguro Regular – Trabajadores, nos ubicamos en la casilla 602 (Crédito EPS – Ley 26790), donde será ingresado los datos de la Fac-tura de la EPS y el crédito permitido (S/ 1,776), según la liquidación realizada, tal como se muestra a continuación:
b) Luego de haber ingresado a la Casilla 602, en forma automática queda registrado el importe (S/ 1,776) como crédito contra el pago a EsSalud, donde queda determinado en la casilla 802 el importe de S/ 5,330, neto a pagar, según se muestra continuación: