¿Quiénes reciben gratificación?
Los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, sea cual fuere la modalidad de contrato de trabajo.
Cuándo se paga la gratificación?
La fecha máxima para el pago de gratificación de navidad es hasta el 15 de diciembre, todo pago realizado posterior a dicha fecha, deberá adicionar los intereses laborales.
¿Cómo se calcula?
El monto de la gratificación equivale a un sueldo completo, siempre que se haya laborado durante todo el semestre en la oportunidad que corresponda otorgar el beneficio. De lo contrario, se pagará un sexto de su remuneración por cada mes trabajado.
En ese orden de ideas, la remuneración computable para las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad es la remuneración vigente al 30 de junio y 30 de noviembre, respectivamente.
También accede a este pago, el trabajador que haya laborado solo un mes, con la condición de que lo haya hecho un mes calendario completo. En tal caso, el monto del pago será de 1/6 de la remuneración computable por el mes laborado.
De otro lado, según la ley y su reglamento, las gratificaciones truncas se pagan de manera proporcional a los meses calendarios completos laborados en el periodo correspondiente (enero-junio, julio-diciembre). El plazo para este pago es de 48 horas contadas desde el día siguiente del cese.
Las gratificaciones no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna, excepto aquellos otros descuentos establecidos por Ley o autorizados por el trabajador.
Para el calculo de gratificación ,se deberá considerar lo siguiente :
Remuneración Computable
En este punto debemos diferenciar dos conceptos de remuneración computable:
- Remuneración Principal
- Remuneración Imprecisa
La remuneración principal en la mayoría de los casos siempre es fija y se recibe el mismo monto todos los meses.
La remuneración imprecisa o complementaria tiene naturaleza variable y no necesariamente se percibe el mismo monto todos los meses.
Ambos conceptos son computables para el cálculo de la gratificación de navidad, salvo que para el caso de la remuneración secundaria, se pide un requisito: haberlo percibido como mínimo en 3 meses dentro del computo de 6 meses.
CASO PRACTICO
TRABAJADOR CON INCREMENTO DE SUELDO
Un trabajador con carga familiar ingreso a laborar el 1 de enero de 2021 percibiendo como ingreso el importe de S/. 1000 soles mensual . El 1 de diciembre del 2021se incrementa su remuneración en un 25% . Calcula su gratificación de diciembre del 2021
Fecha de ingreso :
Remuneracion : S/.1000
Asignacion familiar : S/. 93
Incremento del 25%(desde el 1 de diciembre) : S/.250
La norma que regula el pago de las gratificaciones, considera que la base computable para estos efectos “será el equivalente a la remuneración que percibe el trabajador en la oportunidad en que corresponda otorgar el beneficio”(primer párrafo ad en que corresponda otorgar el beneficio” de la Ley Nº 27735).
Considerando que el pago de las gratificaciones se realiza el 15 de julio, se toma como remuneración computable el importe que percibe el trabajador al momento del pago, siendo así, se considera la suma de S/. 1,343.
– S/. 1,343 ÷ 6 x 6 meses : S/. 1,343
Más:
– Bonificación extraordinaria : 120.87 (9% de S/. 1,343)
Total : S/. 1,463.87