Mediante un comunicado, el MTPE precisó, además, que las nuevas solicitudes de suspensión perfecta de labores que ingresen en la plataforma virtual a partir del 5 de junio de 2020, no podrán exceder del plazo máximo.
Mediante el Decreto Supremo Nº020-2020-SA, publicado este jueves, el gobierno prorrogó la Emergencia Sanitaria por un plazo de 90 días calendario, es decir, hasta el 7 de setiembre de 2020
Con ello, también se amplió la vigencia de las medidas de suspensión perfecta de labores hasta el 7 de octubre de 2020, informó esta noche el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (MTPE).
Cabe recordar, que la suspensión perfecta de labores procede, siempre y cuando no sea posible implementar el trabajo remoto o aplicar la licencia con goce de haber, una vez agotada la posibilidad de adoptar otras medidas alternativas para mantener el vínculo laboral y las remuneraciones. Asimismo, previo a su adopción debe informarse a la organización sindical o, en su defecto, a los representantes de los trabajadores, a fin de entablar las negociaciones correspondientes.
Los empleadores deben asegurar el correcto funcionamiento y revisar diariamente el correo electrónico señalado en la Plataforma Virtual del MTPE , para efectos de las notificaciones que realice la Autoridad Administrativa de Trabajo, así como revisar diariamente la casilla electrónica asignada por Sunafil, toda vez que las notificaciones realizadas a dichas direcciones se entenderán válidamente efectuadas desde el día que conste haber sido recibidas.