Las empresas que incumplan con pagar en forma oportuna o completa la gratificación de Fiestas Patrias incurrirán en una infracción grave en materia de relaciones laborales y podrán ser sancionadas con una multa de hasta 26.12 unidades impositivas tributarias (UIT), en la actualidad equivalente a 114,928.99 soles.
Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se debe tomar en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT de 4,400 soles para el 2021.
No depositar la gratificación es una falta grave, el monto dependerá del número de trabajadores afectados.
Si una empresa que no es mype no cumpliera con el pago de la gratificación hasta el miércoles 15 de julio la sanción sería desde 1.57 UIT hasta 26.12 UIT (S/ 6,908 hasta S/ 114,928).
Por otra parte, si una empresa esta registrada como Mype en la categoría pequeña empresa no haya cumplido con el pago de la gratificación el lunes 15 de junio la sanción sería desde 0.45 UIT hasta 4.5 UIT (S/ 1,980 hasta S/ 19,800).
Finalmente, las empresas registradas como Mype en la categoría microempresa, estas no están obligadas a realizadas el pago de la gratificación a sus trabajadores.
Multas por no pagar Gratificación
No pagar las gratificaciones. ni la bonificación extraordinaria es una infracción laboral tipificada en el Decreto Supremo 019-2006-TR.
Artículo 24.4 – No pagar las gratificaciones legales
No pagar u otorgar íntegra y oportunamente las remuneraciones y los beneficios laborales a los que tienen derecho los trabajadores por todo concepto (Gratificaciones).
Artículo 24.4 – No pagar la bonificación extraordinaria
No pagar u otorgar íntegra y oportunamente las remuneraciones y los beneficios laborales a los que tienen derecho los trabajadores por todo concepto (Bonificación Extraordinaria).
Fuente : El Peruano