PLANILLA

La Planilla Mensual de Pagos, denominada Plame, forma parte de la Planilla Electrónica y se emplea para declarar mensualmente los ingresos de los trabajadores inscritos en el Registro de Información Laboral (T-Registro), así como de los prestadores de servicios que obtienen rentas de cuarta categoría.

 

Esta información abarca los descuentos, días laborados y no laborados, horas ordinarias, sobretiempos, base de cálculo y determinación de los conceptos tributarios que afectan la remuneración u honorarios, cuya recaudación se encuentra a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

El programa se descarga desde el portal del ente recaudador, luego se elabora la declaración jurada y se envía a través de Sunat Operaciones en Línea (SOL).

A partir del periodo febrero 2022, la versión que se utiliza es la 4.0, la misma que fue aprobada mediante Resolución de Superintendencia N.° 000016-2022/SUNAT.

Nuevo PLAMEWeb

Con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de las empresas con determinado número de trabajadores, que solo presentan declaraciones respecto del Seguro Social de Salud del Perú (EsSalud), de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), retenciones de cuarta y quinta categoría del impuesto a la renta y prima por concepto de “+Vida Seguro de Accidentes”, mediante Resolución N.º 00201-2023/Sunat (30/09/2023), la Sunat aprobó el Formulario Virtual N.º 0601 – PLAMEWeb, con las siguientes características:

Alcance y obligatoriedad: este nuevo formulario está dirigido a empresas con hasta 10 trabajadores o hasta 10 prestadores de servicios que deben informar sobre ciertos conceptos. No obstante, es importante destacar que su uso no es obligatorio. Las compañías que cumplen con estos criterios pueden optar por continuar utilizando la declaración convencional, como se mencionó anteriormente.

Periodo: podrá ser utilizado a partir del periodo noviembre 2023

Conceptos: se usa cuando a la empresa le corresponda declarar y pagar, exclusivamente, los siguientes conceptos:

  1. Contribuciones a EsSalud respecto de las remuneraciones de los trabajadores.
  2. Contribuciones a la ONP, bajo el régimen del Decreto Ley 19990.
  3. Retenciones del impuesto a la renta de cuarta categoría.
  4. Retenciones del impuesto a la renta de quinta categoría.
  5. Información de los sujetos perceptores de rentas de cuarta categoría pagadas o puestas a disposición, aun cuando el empleador no tenga la obligación de efectuar retenciones por dichas rentas.
  6. Prima por el concepto de “+ Vida Seguro de Accidentes” respecto de los afiliados regulares a EsSalud que contraten el mencionado seguro.

Hay que tener en cuenta que la presentación de la Plame y la declaración de los indicados conceptos constituyen obligaciones independientes.

 

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Procedimiento:

Debe accederse al servicio “Mis declaraciones y pagos” a través de Sunat Operaciones en Línea. Se selecciona el Formulario Virtual N.º 0601 – PLAMEWeb, e ingresar el periodo a declarar. Acto seguido, se descarga la información del T-Registro; y, finalmente, se completa la información que solicita el formulario y se presenta siguiendo las indicaciones del sistema.

 Métodos de pago flexibles:

El pago de los montos declarados se puede realizar mediante débito en cuenta o tarjeta de crédito o débito. También es posible efectuar el pago en bancos autorizados utilizando el número de pago Sunat (NPS).

 Posibles motivos de rechazo:

La presentación del PLAMEWeb puede ser rechazada en los pagos mediante débito en cuenta, cuando no se tenga cuenta afiliada o esta no tenga fondos suficientes, o no pueda establecerse comunicación con el servicio de pago del banco.

En lo que se refiere a los pagos mediante tarjeta de crédito o débito, la presentación puede ser rechazada cuando no se utilice una tarjeta de crédito o de débito afiliada al servicio de pagos por Internet; o cuando la operación no sea aprobada por el operador de la tarjeta de crédito o débito correspondiente; o cuando no se pueda establecer comunicación con el servicio de pago del operador de la tarjeta de crédito o débito.

También podrá ser rechazada la presentación cuando no se realice la recepción del formulario por un corte en el sistema o no se genere el NPS por un corte en el sistema.

 Sustitución/Rectificaciones:

En caso la declaración original se haya presentado mediante el Formulario Virtual N.º 0601 – PLAMEWeb, la declaración sustitutoria o la rectificatoria se efectúa mediante el citado formulario o el PDT Planilla Electrónica – Plame, ingresando nuevamente todos los conceptos de la declaración que se sustituye o se rectifica, inclusive aquella información que no se desea rectificar o sustituir. En caso no sea posible utilizar el referido formulario virtual, debe presentarse el PDT Planilla Electrónica – Plame.

 Actualización o modificación de datos:

Para actualizar los datos del trabajador y del prestador de servicios, tipo y número de documento de identidad y la fecha de nacimiento del trabajador que figure en una declaración realizada mediante el Formulario Virtual N.º 0601 – PLAMEWeb, se usa el Formulario Virtual N.º 1601 – Corrección y/o Actualización de Datos de Identificación, que se presenta en Sunat Operaciones en Línea. Para actualizar o modificar el dato referido al tipo y número de documento de identidad del prestador de servicios, se debe sustituir o rectificar la declaración original, en la forma indicada.

 

 

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