-Solicitud dirigida a la SubDirección de Registros Generales.
– Contrato de trabajo preferentemente según modelo, en tres (03) ejemplares originales conteniendo las cláusulas según normas vigentes y el lugar donde laborará el trabajador extranjero.
– Declaración jurada conforme al formato establecido según normas vigentes, considerando el cumplimiento ó exoneración de porcentajes limitativos según corresponda, (en caso de exoneración por el inciso b) presentar el informe correspondiente por inicio de Actividad, Incremento de Actividad, o por Reconversión Empresarial), asimismo cuando se solicite exoneración de los porcentajes limitativos se debe incluir la documentación que corresponda según el caso.
– Fotocopia legalizada por notario o fotocopia certificada visada por el servicio consular y el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, del titulo profesional o técnico o certificados de experiencia laboral expedidos en el exterior, vinculados con el objeto del servicio. Si estos documentos están confeccionados en idioma extranjero, se adjuntará la traducción oficial o en caso de no haber traductor oficial debe adjuntar traducción especial.
– Constancia de pago de la tasa correspondiente (0.7692% UIT) en el Banco de la Nación (Tributo Nº 5533). El Pago será efectuado con el número de RUC de la empresa contratante.
– Indicar Nº de RUC vigente.
NOTA: Los Contratos de trabajo de personal extranjero, previamente serán calificados para su aprobación respectiva.
NOTA: Los trabajadores que deseen realizar su trámite de aprobación de contratos extranjeros, tendrán que tener un permiso especial para firmar contratos (Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior).